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Resolución

Resolución 383

CONCEDER AUTORIZACION AL CIUDADANO SR. ARTURO PELLERANO SARDA PARA QUE PUEDA EJERCER EL CARGO DE CONSUL HONORARIO DE LA REPUBLICA DE PANAMA EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 mar de 1926fecha
Otrastipo
G. O. 3737Gaceta Oficial del 1 ene de 1926
Cámara de Diputadosórgano

Texto

Texto de la norma
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA. G. O. No. 3737. NUMERO 383. Vista la instancia que el Ciudadano Sr. Arturo Pellerano Sardá ha elevado a esta Cámara en fecha 16 de Marzo de 1926; Visto el Art. 22, apartado 3, de la Constitución Política del Estado, RESUELVE: Art. Unico:— Conceder autorización al Ciudadano Sr. Arturo Pellerano Sardá para que pueda ejercer el cargo de Cónsul Honorario de la República de Panamá en la Ciudad de Santo Domingo. Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez y seis días del mes de Marzo de mil novecientos veintiseis, años 83o. de la Independencia y 63o. de la Restauración. El Presidente, E. Bonetti Burgos. Los Secretarios, Ml. R. Castellanos. Juan de J. Curiel. Ejecútese, comuníquese por las Secretarías de Estado correspondientes, publicándose en todo el territorio de la República, para su conocimiento y cumplimiento. Dado en la Mansión Presidencial, en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidós días del mes de Marzo del año mil novecientos veintiseis. HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República. Refrendado: Ricardo Limardo, Secretario de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina. Refrendado: Lic. Apolinar de Castro Peláez, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, Interino.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona