Texto de la norma
PROMULlGO la presente Ley y mando que sea publicada
en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la RepGblica Dominicana, a 10s dieciocho dlas del mes
de octubre del aiio mil novecientos cuarenta y cinco, afios 102Q
de la Independencia, 839 de la Restauracibn y 16Q de la Era dQ
Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
ResolueiBn NP 1023, que autoriza la ereccidn de un busto del Generalisimo
Dr, fla€ael L. Trujilla &I.
en Un parque del Distrito Municipal de la Villa
de ParaisQg- G. 0. NO 63,S, del 21 de Octcbre de 1945.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Repiublica
NUMERO 1023.
VISTA la solicitud de autorizaci6n que por via de la Se-
cretaria de Estado de lo Interior y Policia, ha dirigido al Con-
greso Nacional el Comit6 Pro-Busto a1 Generalisimo TPu jillo
de la Villa de Paraiso para erigirle en ella un Busto a1 Gene-
ralisimo Dr. Rafael L. Trujillo Molina, Presidente de la Repti-
blica y Benefactor de la Patria, id,ea 6sta que ha sido acojida
por la Junta Municipal del Distrito de aquella Villa;
VISTOS 10s articulos 1 y 3 de la Ley NQ 638, sobre wee-
ci6n de estatuas y monumentos, publicada ,en la Gaceta OficiaI
NQ 6102, de fecha 27 de junio de 1944,
R E S U E L V E :
Art. UNIC0.-
Autorizar, como por la presente Resolucih
autoriza a1 Cornit6 Pro-Busto Generalisimo Trujillo de la Vi-
lla de Paraiso para erigir en el parque Julia Molina de aque-
lla Villa, un Busto vaciado en marmolina, en un pedestal de
granito, como un justiciero
homenaje de gratitud, carifio y
lealtad de la comunidad de Paraiso a1 insigne conductor de 10s
destinos del pueblo dominicano, Generalisimo Dr. Rafael Leo-
nidas Trujillo Molina, Presidents de la RepGblica y Benefac-
tor de la Patria.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en
Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la Re-
piiblica
Dorninicana, a 10s diez dias del mes de octubrc
del año mil novecientos cuarenta y cinco; años 102º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
R. Emilio Jimenez,
Secretario.
Doroteo A. Rodríguez,
Secretario ad-hoc.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Milady Félix de L'Official.
Polibio Díaz.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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