Texto de la norma
Resolución Nº 948 que aprueba un contrato de venta suscrito entre el Estado y la Sociedad Salesiana.— G. O. Nº 6291, del 16 de Julio de 1945.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 948.
VISTO el Inciso 21 del Artículo 33 de la Constitución de la República;
.
I
VISTO el Contrato suscrito en fecha 20 de Junio del aiio
19;5, entre el Estado Dominicano, representado por el sefior
Horacio A. -4. Febres, Secretario de Estado del Tesoro Y Crb-
dit0 Publico y la Sociedad Salesiana, representada p0r el Pres-
bitero Josh Aguilar ;
R E S U E L V E :
UNICO. - Aprobar, como por la presente Resoluci6n
aprueba el contrato suscrito en fecha 20 de Junio del 1945,
entre el Estado Dominicano, representado por el sefior Hora-
cio A. A. Febles, Secretario de Estado del Tesoro y Crkdito
PGblico y la Sociedaa Salesiana, representada par el Presbite-
ro Jose Aguilar, en virtud del cual el primero vende a la se-
gunda en el precio de $527.871,4 una porci6n de terreno de
4,223 metros cuadrados situada en la parte Noroeste de Ciu-
dad Trujillo, dentro del sitio sefialado para la edificacih del
Barrio de Mejoramiento Social, teniendo dicha porci6n las si-
guientes colindancias : a1 Norte, Soeiedad Salesiana ; a1 Sur,
calle NQ 1; a1 Este, calle NQ 6 ; y a1 Oeste, calle NQ 4, que co-
piado a la letra dice asi:
”El ESITADO DOMINICANO, Iegalmente representad3
por el seiior Horacio A. A. Febles, Secretario de Estado del
Tesoro y Cridito Publico, dominicano, portador de la Ckdula
Personal de Identidad NQ [cédula], debidamente rent)-
vaaa con sello de Bentas Internas NQ 9\69, domiciliado y resi-
dente en la casa NP 50 de la calle C6sar Nicolas Penson, de la
Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Repiiblica Domi-
nicana, quien actiia en virtud de poder otorgado y suscrito por
el ,Excelentisirno Seiior Presidente de la Repiiblica, en feeha
treinta ae Mayo, mediante el pago de la suma de (QUINIEN-
TOS VEINTISIETE PESOS CON OGHENTA Y SIETE CEN-
TAVOS Y MEDIO) $527.8734, moneda de curso legal, qu.2
ha recibido el Estado Dominicano, a su entera satisfacci6n de
la Sociedad Salesiana, en cheque certificado NQ 1543 de fecha
20 de Junio de 1945 expedido contra The Royal Bank of Cana-
da, por la presente, el ESTADO DOMINICANO, vende y tras.
pasa a Ia Sociedad Salesiana, una porcih de terreno que for-
ma parte de 10s adquiridos por el Estado Dominicano de The
Royal Bank of Canada, por acto de fecha 19 de Julio del a50
11944; colindada y descrita, la porci6n que se vende en la si-
gul‘ente forma:
,
“Una porcidn de terreno con 4.2% metros cuadrados si.
tuado en la parte Noroeste de la Ciudad Trujillo, dentra
del sitio sefialado para la edificacih del Barrio de Mejo-
ramiento kxial, teniendo el terreno que se vende por est?
acto las siguientes colindancias : a1 Norte, Sociedad Sa-
lesiana; a1 Sur, calk No l ; al Este, calle No 6 ; y a1 Ocste,
calle No 4.-’)
Terrenos de 10s cuales es aueiiio el Estado Dominicano, por vir-
tud de acto de compra pactado e,r.tre el Estaao Dominicano ‘J‘
The Royal Bank of Canada, en iecha 19 de Julio del aiio 19i4,
quien ;a su vez era dueiio de 10s referidos terrenos por virtud
de registro hecho de acuerdo con las disposiciones de la Ley
de Registro de Tierras.
La, Sociedad Salesiana, por medio de su representante le-
gal, el Reverend0 Pbro. Josk Aguilar S. S., espa5o1, sotero,
portador de la C6dula Personal de 1dentidad.NQ [cédula], renovada con sello de Rer.tas Internas N? 11600, domicilia-
do y residente en [domicilio omitido], quien actGa en virtud de poder bajo firma privada debida-
mente legalizada la firma por el Notario Phblico, Luis E. Po3
H. de 10s del ninmero de este distrito, otorgado por Monsefior
Ricard\o Pittini, Arzobispo de Santo Domingo y apoderado s:
representante general de la Sociedad Salesiana, en fe:ha quin-
ce del mes de enero del aiio mil
novecientos
cuarenticinco,
acepta en todas sus partes la venta que se le otorga por &e
acto y asume por el mismo, la obligacih de realizar a sus ex-
pensas el procedimiento de subdivisih necesario para separar
la porcibn que compra por este acto del resto de la porci6n a
que se ha hecho menci6n.
THE ROYAL BANK O F CANADA, instituci6n bancaria,
organizada de acuerdo con las leyes del Domini0 del Canada,
con dornicilio legal en la C‘iudad Trujillo, Thtrito de Santo Do-
mingo, Repinblica Dominicana, en ia cilsa situada en la ,?squi-
na sureste de las calles “Mercedes” e “Isabel la Cat6lica”, de-
bidamente representada, de acuerdo con poder autorizado por
el Notario J. Arthur Perodeu, de Montreal, Canada, en fecha
2 de Noviembre de 1920, debidamcnte legalizada para surtir
Nefecto en la Rep6blica Dominicana, por el seiior Thomas Ber-
nard CI’Connell, de nacionalidad canadiense, quien actha, ade-
mas, e n su calidad de Inspector Residente de The Royal Bank
of Canada, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la CBdula
Personal de Identidad NP [cédula], debidamente renovaja
con sello de Rentas Internas Nº concurre en este acto para dejar libre de todo gravamen (y especial y señaladamente de cualquier privilegio que haya podido inscribir de oficio el Registrador de Títulos del Departamento Sur, por la parte del precio de venta que adeuda todavía el Estado Dominicano, en virtud del acto del 19 de Julio de 1944), la porción que el Estado Dominicano vende por este acto a la Sociedad Salesiana.
Un original de este acto será enviado al Congreso Nacional, para fines de aprobación constitucional, y otro original será depositado en la Oficina de Bienes Nacionales, para fines de radiación de la porción vendida del Catastro de Bienes Inmuebles del Estado. En testimonio de lo cual hemos firmado la presente, en cinco originales, en la Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo a los veinte días del mes de Junio del año mil novecientos cuarenta y cinco. (Fdos.) Horacio A. A. Febles, Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público.— Sociedad Salesiana: Pbro. José Aguilar, Apoderado de la Sociedad Salesiana.— The Royal Bank of Canada: T. B. O'Connell. Testigos: L. A. Soto y Luis Arvelo.
Yo, Luis E. Pou Henríquez, Notario Público de los de este Distrito y Notario Eclesiático, CERTIFICO: que ante mí comparecieron, junto con los testigos que figuran en el contexto, los señores Horacio A. A. Febles, Pbro. José Aguilar y T. B. O'Connell, de las generales que constan, a quienes conozco; y firmaron en nuestra presencia, declarándonos hacerlo libre y voluntariamente, en las calidades que se consignan en el presente documento.— Doy fé.— Ciudad Trujillo, D. S. D.; a veinte de junio del año mil novecientos cuarenticinco.— (Fdo.) Luis E. Pou Henríquez, Notario Público, Cédula [cédula], sello 28, año 1945, tercera categoría.— Exento de Sellos de R. I. por ser en interés del Estado y de la Iglesia.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y cinco; años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Milady Félix de L'Official.
Polibio Diaz
DAiDA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en
Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la Re-
piiblica Dominicana, a 10s doce dias del mes de julio del aiio
mil novecientos cuarenta y cinco; aiios 1020 de la Independen-
cia, 820 de la Restauraci6n y 180 de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
M~isi-s Garcia Mella,
Secretario.
R. Emilio Jimhez,
Secret ario.
RAFAEL L*EONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la Repfiblica Dominicana
En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el inciso 30
del articulo 49 de la Constitueibn de la Repilblica,
PROMULlGO la preseiite Resoluci6n, y mando que sea pu-
blicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumpli-
mi ento.
DADiA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Republica Dominicana, a 10s trece dias del rnes de
julio del afio mil novwientos cuarenta y cinco, aiios 1020 de la
Independencia, 820 de la Restauraci6n y 169 de la Era de Tru-
jillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Le:y NP 9\50 que concede pensidn del Estado a la sefiorita Sofia Henriquez
Siinohez.-
G. 0. No 8297, del 25 de 3ulio de 1945.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Repbblica
HA DADO1 LA SIGUIENTE LEY:
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Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.