Texto de la norma
año mil novecientos cuarenta y cinco; años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
M. García Mella,
Secretario.
R. Emilio Jiménez,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y cinco; años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Milady Félix de L'Official.
Polibio Díaz.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo. Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución Nº 880, aprobatoria del estado de recaudación é inversión de las rentas fiscales correspondiente al año de 1944. — G. O. Nº 6245, del 27 de Abril de 1945.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NÚMERO 880.
VISTO el inciso 2 del artículo 33 de la Constitución;
VISTO el estado de Ingresos y Egresos consolidados y de
mostración del Superávit económico de todos los fondos del Presupuesto de 1944, al cierre de las operaciones al 30 de Diciembre de 1944, remitido por el Poder Ejecutivo con su mensaje Núm. 9394, de fecha 23 de abril de 1944;
VISTO el Informe rendido por la Honorable Cámara de Cuentas de la República, relativo al Estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales, durante el año 1944;
R E S U E L V E :
ARTICULO UNICO: Aprobar, con vista del Informe presentado por la Honorable Cámara de Cuentas, el estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales, correspondientes al año 1944.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y cinco; años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Milady Félix de L'Official.
Polibio Díaz.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y cinco; años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
M. García Mella,
Secretario.
R. Emilio Jiménez,
Secretario.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
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DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución Nº 881, de la Cámara de Diputados, aprobando un acto de permuta de terreno entre el Ayuntamiento de la Común de Hato Mayor y el señor Abraham José Acta Fadul.— G. O. Nº 6246, del 28 de Abril de 1945.
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA
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