jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 174

QUE APRUEBA LA TARIFA PARA LA VENTA Y ARRENDAMIENTO DE TERRENOS Y SOLARES MUNICIPALES DE LA COMUN DE DAJABON

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
31 ene de 1943fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 5865Gaceta Oficial del 1 ene de 1943
Cámara de Diputadosórgano

Texto

Texto de la norma
Resolución Nº 174, que aprueba la Tarifa para la venta y arrendamiento de terrenos y solares municipales de la Común de Dajabón.— G. O. Nº 5866, del 6 de Febrero de 1943. LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA NUMERO 174. VISTA la Ley número 68 de fecha siete de agosto del año mil novecientos cuarenta y dos, sustitutiva de los artículos sesenta y nueve, setenta, setenta y uno y setenta y dos de la Ley de Organización Comunal número 37, de fecha 19 de marzo del año mil novecientos veintitrés; VISTA la Ordenanza de fecha once de diciembre del año mil novecientos cuarenta y dos, del Ayuntamiento de la Común de Dajabón, por medio de la cual y en cumplimiento de la ex- sido votada una tarifa con la tasa- pmda h y mbm 66 ciih de los aelares y tenenos del municipio; VISTO el Mculo 22, Parrafo 20 de Is COnt+tit& del 3wado; B E S U E L V E : AIWBULO UEulCo : Apbar, y con ef ecto aprueb, la OP denanza votada en fecha once de diciembre del aiio mil nom- Eientos cuarenta y dos por el Ayuntamiento de la 43om.h de Dajabdn, que copiada a h let= dice asi: “AYUNTAMIENTO DE LA COMUN DE DAJABON CONSIDERANDO: Que es deber de 10s &unt8~&&0~ mqflamentar en forma equitatirva .sus fuentes de entradas, y -peEar por el’fiel cnmplimiento de has €eyes; CONS-: Que de acuerdo con la h y Nclm. 66 del Congre~o Nacional, purOlicaaa en la Gac& oficial Nfun. 57861, se mdifican los Arts. 69, TO,?I y T 2 de h Ley de Or- planizaeidn c;amunal; CUBJSIDEBANDO: Que para el buen funcionamiento de1 eobn, del impuesto de amndamiento de solares, se hace nece- d o modificar la actual tarifa de acuerdo a las nuevas d i e aiciones, EL AYUNTAMIENTO DE .LA COMUN DE DWABON,. en us0 de las facultades que le confiere la Ley de Or- ganizacitin Comunal, ha dictado la giguiente: O R D E N A N Z A : Art. 1p- Toda persona que ocupe o que vaya a ocupar d a r e s de la Pablaci6n o temnos en el 33jido de la miSma, de- her5 pasar por la Tesoreria Municipal a proveerse de su eo- newndiente :mfitrato de arrendamiento. Art. 29- Ia tarifa que Wrii para el cobro de rs~lares de h corn& para el a& I=, qtiek m~dificada del modo si- gaiente : PARRAFO I.- Solares de esquina, cmprendiis en las ernes .’fresidente Tniji’llo”, “11 de Febmrom, “Julia Mglina”, *We hvjillo V&TW, “en de Febrero”, ‘% de Octuibre” y uB6erCado”, que tngan frentes a 10s Parpues, a la Fortaleza, * a la Bksia, a1 Memado de cmestilbles, o a1 Ayuntamiento, han sido valorados para su venta a radn de $0.15 el metro cua- &ado, y’pagaran anualmente en arrendaonienh el 4% sobre el valor total del solar. PARRAFO 11.- Solares de esguinas, no coaprendidos en el W a f 0 I han sido valoradw para rn vents a razh de $0.13 41 metro cuadrado, y pagarb anualmente en amndaunienb eL 4% &re el valor total del solar. PURAFO 111.- blares de centrm comprendidos en la5 calles “Presldente Trujillo”, “11 de F’ebrero”, “Julia Molina”, “Jo& Trujillo Valdez‘”, “mi de Febrem”, 2 7 de Octubre”, “Memado”, que tengan frentee a 10s Paxques, a la h’ortaleza, a la IgTeha, a1 Mercado de comeskibles o a1 Ayuntamiento, han sida valorados para qu venta a radn de $0.10 el metro cuadra- do, y pagaran anualmente en arrendamiento el 4% mbre el M a l del valor. PARRAF’O N.- Solares de centros no comprendidw en el Nrarfo 3ro. han sido valorados pa6 su venta a radn de 8 O . a el metro cuadrado, y pagarhn anualmente en arrenda- miento el 4% &ob= el total del valor. Art. 39- La tarifa para el cobro de arrendamienh de lo5 terrenos del Ejido, fuera de la Pablacih, se les ha fijado pars su venta a r a d n de $2.60 1s tarea, y en arrendamiento paga- rhn anualmente el 2% solwe el valor del terreno. Art. 49- El pago de 6ste impesto se efectuad en la Te- soreria Municipal del 19 de enero al 31 de narm de cada aiia Art. 59- Nadie podrii cercar solares ni terrenas propiedad de &te municipio, sin antes haberlos solieitado y obtenido del Ayuntamiento. Art. 69- T d o comprador de una o varias propiedades las cuales se encuentren ubicadas en ternnos de est;a cam~ny queda obligado a comunicarlo a1 Ayuntamiento dentro de 10s cinco dias de efectuada la cmpra, para fines de traspaso en 10s libros comspondientes. Art. 79- Este Ayuntamiento no ordenarii el traspaso de ningtln solar, si no viene acmpaiiada la solicitud del recibo de la Tesore&<que colnpruebe que no adeuda valores por con- cept.~ de arrendamiento. Art. 8Q- La presente Ordenanzs deroga tijda disposicih de eslte Ayuntamiento que le fuere contraria. DADA Y APRC~BADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABlUI AYUNTAMIENTO DE LA COMUN DE DAJAKON, a 10s 11 dias del mes de diciembre del aiio mil no- vecientos cuarenta y dos, 99p de la Independencia, 809 de la Restauracidn y 1%’ de la Era de Trujillo, (Fdos.) Au,gusto Cordero, Vicepresidente en funciones.- Antonio Vivas P., Sindico Municipal.- Adolfo Gustavo Lemclina, Secretario. DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputadoa, en Cihdad Trujillo, Distrito de Smto Domingo, Capital de la Repfiblica Domimcana, a 10s veintisiete dias del mes de enem del afio mil novecientos cuarenta y tres; afios 99Q de la Inda pendencia, 809 de la Restauraci6n y 130 de la Eka de T r u j i h Bl Presidente. Porfirio Herrera. Loa Secretarios: Milady F’klix de L’Official. Guicto Uespradel Batista. I RAFAEL LEONIDAS TRUJIlZO MOEINA de la Repliblica Dominicana + En ejercicio de la atribucibn que me confiere el inciso 3P del articulo 49 de la Constitucih de 1s Republica, PROMULGO la presente Resolucidn, y mando que sea pU- blicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumpli- miento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Uomingo, Ca- pital de la Republica Domiqicana, a 10s 31 dias del mes de ene- YO del afio mil novecientos cuarenta y tres, a5Qs 99Q de la Tnde- pendencia, 800 de la Restauracibn y l 3 Q de la Era de Trujillo. RAFAm L. TRUJIUIO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona