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Resolución

Resolución 173

QUE APRUEBA LA TARIFA PARA LA VENTA Y ARRENDAMIENTO DE TERRENOS Y SOLARES MUNICIPALES DE LA COMUN DE BARAHONA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
31 ene de 1943fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 5865Gaceta Oficial del 1 ene de 1943

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
DADA en k W a deSesiones de la cirmara de Diputados, 8n Ciudad “ujilla, Dbtrib Efe Santo I)omiago, Capital de la Repribiica Domidcam, a 103 veintiocha &as del mes de enero del a60 mil nevecientoe cuarenta y tres; aiios 999 de la In&. pendencia, 809 de la Restauracih y 139 de la Era de Trujilla, El Presidente, Porfirio Herrera. Los secretaries: Milady F6ix de L’Official. e. DeSQrsdel Batista. RAFAEL LEONIDAS TRUJIZLO MOLINA Predente de la Republica Dodnicana. En eJercici0 de la atribucih que m confiere el inciso %p del artieulo 48 de la Constitucih de la Rep~blica, PROXUUO la presente Resducih, y mando que sea publicada en la k t a Oliciil para su conmimiento y e m - plimpiento. DADA en cfudad TrufiUo, Distrito de Santo DQmingo, Ce pita1 de la Rep@lica Dtminkana, 8 1 0 ~ 31 diasdel mes de ene- M) del aiio mil nov&nh c m t a y tres, aBos 999 ‘de L Inde- pendencia, gg0 de la Restalmrci6n y 139 de lo Era de Wjillo. RAFAEL L. TEUJTL&O. I VISTA la Resoluci6n de fecha veinticinca de enero del afio nril nwecientos cuarenta y tres, del Ayuntamiento de la Co- mfin de Barahona, por medio de la cual y en cumplidento de la expresada Ley niunero 66 ha sido votadayu brifa cop la tasacdn de 10s solares y terrenos del municipio; VISTO el Articulo 22, Pbrztfo 29 de la Constituci6n del Elstado ; R E S U E L V E : ARTICULO UN1CO:- Aprobar, y con efecto aprueba la Resoluci6n votada en fedha diecido de enero del aiio mil 110- vecientus cyaren'ta y tres por el &u'%bmiedto de la <;omh de Barahona, que copiada a la ktra dice ad: '%J, AYUNTAMIFNTO DJEi M LWXTJN BBAHONA CONSIDERANDO: Que la Ley N l h . 66 del Gongreso Na- a n a l , publicada en la Gaceta Oficial -No 57&, de fecha 10 de Agosto del recien pasado aiio ,lWZ, estalblece nuevas disposi- ciones aplicables a la venta de terrenos y solares pertenecien- tesla Iss eornun0s, y capacita a las Ayuntamientos para tassr M valor de, 10s predios municipaleq sujetosl a arrendamientos, eon la obllgaci6n por parte de 10s arrewlatarws, d& pagar 10s arredamientos de scuerdo con dichas -4maciones; , CONSIDEBANDO: Que en ningtin caso, el precio de lo6 arrendamientoa que resulk de la tasacih podr$ ser menor que el precio del arrendamiento anual fijado por 10s Ayuntamientos para 10s terrenos o solares ya arrendados, en tarifas o contra- tos vigentes a la fmha de la publicacih de la dtada Ley; En us0 de a ~ s ati-ibuciones, R E S U E L V E : ARTICULO 1.- Disponer, camo a1 efato dispone, hacer la tasaci6n de 10s terrenos y solares municirnes ocupados por particdares a titulo de arrendamiento o de simple comesi6n o de 10s que se otorgaren en el futuro bajo la base de arrendac miento dentro del Ejido comprendido dentro de 10s s3guientes Ifmitea, segh reza el Acto de Donacih, instrumentado por e1 Notario Wbliccr, don Rafael Montalvo y Gonziilez, en feoha 2 del mes de Noviembre del afio 11882: "Por el No&, desde el punto denominado El Portillo, linea recta a1 sitio conocido por El Botado de Jo& del Carmen; por el Oeste, de este punto, pa- * aando pcr La Boca de Los Tres Caminos, al cauce del rio Bi- rim, en el sitio cofiocido por Los Balos a1 m a ; por el Sur, desde este si’iio, sigdiendo el antiguo carril por toda la orilla de la cerca del eiior Sylvain Coiscou, hasta la regola que sale de la referida finca por el patio de la casa que pertenece hoy a1 serior Ignacio Guerra y sigue por esta regola hasta a1 Mar; y por el Este, el Mar”. la siguiente ARTIOULO 2.- Para 10s efectos de.#cha tasaci6n regid T A R I J ? A : a) De la calk “Jhriquillo” hacia el Norte de la ciudad, incluyendo las prolongaciones de las calles del dente Trujillo’: y del “Padre BiUini” hasta la ‘‘SiuicheP el metro cuadrado.. . . . . . . . . . $ 0.40. b) De la calle de “Enriquillo” con exclusi6n de B s ~ , hacia e€ Sur,. incluyendo la calk de “Sandino” ha* b del “Uruguay” y toda la m e de poblacih hacia el Oeste de la de “Sandind” hasta el limite mencionado, el me- tro cuadrado. ...................... $ 6.20 PARRAF’0.- a1 precio de ctrrendamiento se cabrarii de acuerdo con la cantidad de metros cuadrados de cada brreno o solar. ARTKULO 3.- Enviar copias de la presente Ordenan- za a 10s Organisms Superiores correspondientes, para lob tE- nes legales. DADA en la Sala Capitular de la ciudads de Barahona, s Jos 18 dias del mes de Enero de l,M, aiion 999 de la Indepen- dencia, de la Jkstauraci6n y 130 de la Era de ‘l‘rujillo. Dr. Narciso T. Subervi, Presidente de1 Ayuntamiento. Carlo8 Diaz hijo, Smdico Mun:cipaZ Josh A. Robert, SeCretariO. DADA en la Sala de Sesiones de la GAmara de Dlput-dos, en Ciudad Trujillo, Disjrito de Santo Domiago, Capital de la &eptiblica Dominicam, a 10s veinti&@ dim del mes de enem del año mil novecientos cuarenta y tres; años 99º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo. El Presidente, Porfirio Herrera. Los Secretarios: Milady Félix de L'Official. Guido Despradel Batista. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República, PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 31 días del mes de enero del año mil novecientos cuarenta y tres, años 99º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución Nº 174, que aprueba la Tarifa para la venta y arrendamiento de terrenos y solares municipales de la Común de Dajabón.— G. O. Nº 5866, del 6 de Febrero de 1943. LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA NUMERO 174. VISTA la Ley número 86 de fecha siete de agosto del año mil novecientos cuarenta y dos, sustitutiva de los artículos sesenta y nueve, setenta, setenta y uno y setenta y dos de la Ley de Organización Comunal número 37, de fecha 19 de marzo del año mil novecientos veintitrés; VISTA la Ordenanza de fecha once de diciembre del año mil novecientos cuarenta y dos, del Ayuntamiento de la Común de Dajabón, por medio de la cual y en cumplimiento de la ex-

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