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Resolución

Resolución 4786

QUE ESTABLECE CONDICIONES PARA LA INTRODUCCION Y VENTA DE SUEROS Y PREPARADOS BIOLOGICOS Y FISIOLOGICOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 jul de 1907fecha
Otrastipo
G. O. 1801Gaceta Oficial del 1 ene de 1907
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 4786.—RESOLUCION del C. N. que establece condiciones para la introducción y venta de sueros y preparados biológicos y fisiológicos.—G. O. Núm. 1801 del 3 de Julio 1907. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República. RESUELVE: Art. 1º Queda prohibida la introducción y la venta de sueros y preparados biológicos ó fisiológicos de origen animal cuyo envase no ostente en lugar visible la fecha de su preparación. Art. 2º Todo artículo ó producto de la naturaleza arriba indicada que no ostente en lugar visible la fecha señalada, que se sorprenda en las Aduanas ó en el despacho de cualquiera farmacia ú otro sitio cualquiera, será confiscado y se impondrá una multa de doscientos pesos al importador, ó al dueño ó regente de la farmacia, que resulte responsable de la infracción. ü Cualquier persona ó empleado es hábil para denunciar las infracciones á esta Ley. Se concede un plazo de treinta días para los productos procedentes de América y de sesenta para los productos de Europa. Dada en el Palacio del Congreso Nacional, á los 25 días del mes de Junio de 1907; año 64 de la Independencia y 44 de la Restauración. El Presidente: Ramón O. Lovatón.—Los Secretarios: Darío Mañón.—Joaquín E. Salazar. Ejecútese, comuníquese por las Secretarías correspondientes, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de la República, á los 26 días del mes de Junio de 1907; año 64 de la Independencia y 44 de la Restauración. El Presidente de la República: R. CACERES. Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía:—Ml. Lamarche García. Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio: Federico Velázquez H.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona