Texto de la norma
Resolución Nº 835, que autoriza la erección de sendos bustos en honor de Don José Trujillo Valdez y de Doña Altagracia Julia Molina Vda. de Trujillo Valdez en los parques que llevan sus respectivos nombres en Ciudad Trujillo.— G. O. Nº 6225, del 14 de Marzo de 1945.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 835.
VISTA la solicitud que ha elevado al Congreso Nacional el Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, para
erigir en honor de don José Trujillo Valdez y de la Excelentísima Señora Doña Altagracia Julia Molina Vda. de Trujillo Valdez, los bustos de ambos personajes que en los parques de Ciudad Trujillo llevan sus respectivos nombres.
VISTOS los artículos 1 y 3 de la Ley Núm. 638 sobre erección de estatuas y monumentos, publicada en la Gaceta Oficial Núm. 6102, de fecha 28 de junio de 1944.
RESUELVE:
UNICO: Autorizar, como por la presente Resolución autoriza al Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, a erigir en honor de don José Trujillo Valdez y de la Excelentísima Señora Doña Altagracia Julia Molina Vda. Trujillo Valdez, los bustos de ambos personajes que en los parques de Ciudad Trujillo llevan sus respectivos nombres.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta y cinco; años 102° de la Independencia, 82° de la Restauración y 15° de la Era de Trujillo.
Vicepresidente en funciones:
J. Furcy Pichardo.
Los Secretarios:
Milady Félix de L'Official,
Polibio Díaz.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta y cinco; años 102° de la Independencia, 82° de la Restauración y 15° de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
M. García Mella,
Secretario.
R. Emilio Jiménez,
Secretario.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3° del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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