Texto de la norma
n
1010 de Ja Independencia, $29 de la Restauraci6n y 159 de la
Era de Trujillo,
RAFAEL L. TRUJILLQ.
ResoIuqion N(1 786, que aprueba un contrato d:: verita suscrito entro el
EStado y el seAnr .Jacob0 2erez.-
G. 0. NP 6200, del 17 de Enero de 1045.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nom'ore de b Repliblica
i
f
NUMERO 786.
ViSTO el Inciso 21 del Articulo 33 de la Constitucidn dt!
la ReplibIica ;
VISTO el Contrato suscrito en fecha dieciocho de diciem-
hre Gel aiio mil novecientos cuarenta y cuatro; gor el Estac!;,
Dominicano, representado por e1 seiior R. Paino Pichardo, Se-
cretario del Estado del Tsoro y Comercio interino, y el serior
Jacobo Jerbz,
R E S U E L V E : I
c
UNICO.-Apycibar,
como por la presente Resolucian ap
ba, el Contrato. suscrito en fecha .dieciocho del m:s de diciem-
bre del 4fio~mil novecientos cuarenta y cuatro, por el &stad:>
Dominicano y el seiior Jacobo Jerez, For virtud del cual 21 pri-
mero venae sl egundc la casa ,No 8 de la Plaza de la Coicnia
Agricola de Villa Isahe!, Frovincia de Mcpte Cristi, que copiz;
do a la letra dice asi:
"Entre el Estado Dominicano, legalmente represen tad.:
por el Seiior R. Faino Pichardo,'Secretario de Estado del Te+
soro y Comercio, interino, dominicano, casarlo, portador be la
Ceduia Personal de Identidad X9 [cédula], renovada con
Sello de Rentas Internas No 23, domiciliado y residente cn la
casa No 110, de la Avenida "Independencia",
ds la Ciudaci
Trujillo, Distrito .de Santo Domingo, Republica Dominicans, se-
alin poder exredido y suscrito par el Excelentisirno Seiior Pre-
sidente 'he la RepiLblica en fzcha 13 de Qctubre de 1944 ; y el se-
iior dmoba J e r e , catasado, dominicano, agricultor, portador de
la CCXula Personal de Identiciad No [cédula], renovada
con Sdlo de Rentas Internas NO 10944, domiciliado y residen-
te en la casa Nº (8) Plaza de la Colonia Agrícola, de la calle Isabel Mayer, Provincia de Monte Cristi.
SE HA CONVENIDO Y PACTADO EL SIGUIENTE CONTRATO
PRIMERO: El Estado Dominicano, por el presente contrato, vende, cede y transfiere al señor Jacobo Jerez, quien acepta en todas sus partes la venta, unas mejoras consistentes en una casa de madera de pino, techada de cana, de veinte pies, por diez y seis pies seis pulgadas, montada sobre pilotillos de maderas y dividida en tres departamentos, con galería al frente y un anexo de diez y seis pies ocho pulgadas por nueve pies cuatro pulgadas, que incluye la cocina, de los mismos materiales, marcada con el número 8 de la Plaza de la Colonia Agrícola de Villa Isabel, Provincia de Monte Cristi; SEGUNDO: El precio convenido y pactado por las partes, para la presente venta, es el de $70.00 (SETENTA PESOS) moneda de curso legal que el Estado Dominicano recibe a su entera satisfacción en cheque de administración Nº 1049 expedido en fecha diciembre 7 de 1944 en favor del Tesorero Nacional; TERCERO: Las partes convienen por el presente contrato en que esta venta se hace bajo la condición de que dentro de los treinta días de ser publicada la resolución del Congreso Nacional que aprueba la venta, estas mejoras deberán ser retiradas de sobre los sitios en que se encuentran, a expensa y riesgos del comprador, sin necesidad de ninguna intimación o procedimiento; CUARTO: Las partes entienden que para todo lo no previsto en este contrato, ellas se rigen por el derecho común; QUINTO: Un original de este contrato será enviado al Congreso Nacional para fines de cumplimiento de las disposiciones constitucionales; y otro original será depositado en la oficina de Bienes Nacionales para ser radiado el inmueble vendido del Catastro de Bienes Inmuebles propiedad del Estado.
Hecho y firmado en cinco originales, uno para cada una de las partes y el resto para ser depositados en las oficinas correspondientes, en la Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, República Dominicana, a los diez y ocho días del mes de Diciembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro. FIRMADO: R. Paíno Pichardo, Secretario de Estado del Tesoro y Comercio interino. — Jacobo Jerez.— Juan B. Ramos.— Miguel A. Martínez F.
DADA en la sala de sesiones del Palacio del Senado, en
-79%
Ciudad Tmjillo, Distrito de Santo Dcmingo, C a p i q d e !a Re-
pfilica Dcminicana, a 10s veintkho dias del mes WdickmCre
6el afio mi! noveckntos cuarenta y euatro; aiios 101P.de la Inde-
pendencia; 829 de la Restauracih p 1.59 de la Era de Trujillo.
M. de J. Troneoso de la Concha,
President@.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.