M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1395.
En ejercicio de la atribución que me confiere el ordinal 21° del artículo 49 de la Constitución de la República;
Vista la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Dajabón en fecha 12 de diciembre de 1941, cuyo artículo 3° establece un arbitrio de cincuenta centavos anual a cargo de los dueños de perros por la inscripción de éstos en un registro que deberá llevar al efecto el Tesorero de la Común,
He dictado la siguiente
RESOLUCION:
UNICO.— Queda aprobado el arbitrio establecido por el artículo 3° de la Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Dajabón arriba mencionada.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 27 días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98° de la Independencia, 75° de la Restauración y 12° de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Resolución aprobando una Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Azua, estableciendo un arbitrio sobre la inhumación y exhumación de cadáveres.— G. O. Nº 5687, del 31 de Diciembre de 1941.
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