Texto de la norma
Resolución Nº 746, que autoriza la erección de un Busto al Generalísimo Dr. Rafael L. Trujillo, Benefactor de la Patria, en el parque Presidente Trujillo de la ciudad de La Romana.— G. O. Nº 6175, del 24 de Noviembre de 1944.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 746.
VISTA la solicitud que por vía de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Pro-Busto del Generalísimo Trujillo, de la ciudad de La Romana, para erigirle en ella un busto al Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo, Benefactor de la Patria y Presidente de la República;
VISTOS: los artículos 1 y 3 de la Ley Núm. 638 sobre e-
rección de estatuas y monumentos, publicada en la Gaceta Oficial Núm. 6102, de fecha 28 de junio de 1944.
RESUELVE:
UNICO: Autorizar, como por la presente Resolución autoriza al Comité Pro-Busto del Generalísimo Trujillo de la ciudad de La Romana, a erigirle en el parque "Presidente Trujillo" de aquella ciudad un Busto al Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Presidente de la República.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro; años 101º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
J. Furcy Fichardo,
Vicepresidente en funciones.
Los Secretarios:
Milady Félix de L'Official.
G. Despradel Batista.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
M. García Mella,
Secretario.
Pablo M. Paulino,
Secretario.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101° de la Independencia, 82° de la Restauración y 15° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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