Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 1349.
En uso de la facultad que me confiere la Ley Nº 509, del 25 de julio de 1941, relativa al ejercicio de las profesiones de ingeniero y arquitecto;
Vista la instancia que por conducto del Director General de Obras Públicas, ha elevado el señor Antonio Ocaña Civantos en fecha 25 de noviembre de este año, por la cual solicita que se le conceda el exequátur para ejercer la profesión de Ingeniero Civil en todo el territorio de la República;
Visto el Certificado de Reconocimiento del diploma expedido al peticionario el 25 de septiembre de 1918 por la Escuela Especial Libre de Estudios Superiores "Institución Cervera" de la ciudad de Valencia, España, que ha extendido en su favor la Comisión de Normas para Ingenieros y Arquitectos, en fecha 14 de noviembre de este año;
Considerando que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades y requisitos legales,
RESUELVO:
UNICO.— Otorgar, como por la presente otorgo al señor Antonio Ocaña Civantos, el exequátur de ley para que pueda ejercer la profesión de Ingeniero Civil en todo el territorio de la República, siempre que se ciña a las leyes y reglamentos de la materia.
Dada en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, al primer día del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
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