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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 1295

INCORPORACION DE LA SOCIEDAD DE SOCORRO MUTUO "AMANTES DE LOS POBRES".

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 oct de 1941fecha
Otrastipo
G. O. 5669Gaceta Oficial del 1 ene de 1941
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 1295. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3°, del artículo 49 de la Constitución de la República; Vista la instancia que por conducto del Procurador General de la República, han elevado en fecha nueve de octubre de 1941 los señores José María Arias y Julio Núñez Mota en sus calidades de Presidente y Secretario, respectivamente, de la sociedad de Socorro Mútuо "Amantes de los Pobres", solicitando la incorporación de dicha sociedad de conformidad con la ley de la materia; Vistos los artículos 2, 4 y 5 de la Ley sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario; Considerando que del expediente resulta que se han cumplido todas las condiciones y formalidades exigidas por la ley, He dictado la siguiente RESOLUCION: UNICO.— Conceder el beneficio de la Incorporación a la sociedad de Socorro Mútuо "Amantes de los Pobres", sociedad domiciliada en [domicilio omitido]. Dada en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 28 días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo. M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA. Actuación del Jefe de la Sección de Asuntos Haitianos de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, como Secretario de la Comisión Nacional de Codificación del Derecho Internacional Americano —G. O. Nº 5667 del 12 de Noviembre de 1941.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona