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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 678

QUE APRUEBA LA DONACION DEL HIPODROMO "PERLA ANTILLANA" PROPIEDAD DEL ESTADO, AL DISTRITO DE SANTO DOMINGO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 ago de 1944fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 6134Gaceta Oficial del 24 ago de 1944
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
DISTRITO DE SANTO DOMINGO. (entidad)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República, PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de agosto del año mil novecientos cuarenta y cuatro; años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución que aprueba la donación del Hipódromo "Perla Antillana" propiedad del Estado, al Distrito de Santo Domingo.— G. C. Nº 6134, del 24 de Agosto de 1944. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 678. VISTO el Inciso 21 del Artículo 33 de la Constitución de la República; VISTO el acto notarial suscrito en fecha seis de julio del año mil novecientos cuarenta y cuatro por el Estado Dominicano representado por el señor Lic. Jesús María Troncoso, Secretario de Estado del Tesoro y Comercio y el Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, representado por el señor Alejandro A. Coen, Presidente de dicho Consejo Administrativo, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona