Texto de la norma
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidós días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución Nº 606, aprobando el estado demostrativo de la recaudación e inversión de las rentas públicas durante el año 1943.— G. O. Nº 6084, del 24 de Mayo de 1944.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 606.
VISTO el inciso 2 del Artículo 33 de la Constitución;
VISTO el estado de Ingresos y Egresos consolidados y demostración del Superávit económico de todos los fondos del Presupuesto de 1943, al cierre de las operaciones al 31 de diciembre de 1943, remitido por el Poder Ejecutivo con su mensaje Núm. 9108, de fecha 29 de abril de 1944;
VISTO el Informe presentado por la Honorable Cámara de Cuentas de la República, relativo al Estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales, durante el año 1943,
R E S U E L V E :
ARTICULO UNICO:— Aprobar, con vista del Informe presentado por la Honorable Cámara de Cuentas, el estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales, correspondientes al año 1943.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y cuatro; años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
Rafael Augusto Sánchez,
Vicepresidente en funciones.
M. García Mella,
Secretario.
Rafael F. Bonnelly,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y cuatro; años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Milady Félix de L'Official.
Guido Despradel Batista.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidós días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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