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Resolución

Resolución 4505

QUE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE STO. DOMINGO, A DEMOLER LA BATERIA DE LA PARTE S. DE LA CIUDAD

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 ene de 1905fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 1576Gaceta Oficial del 1 ene de 1905
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Honorable Ayuntamiento de esta Común

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 4505.—RESOLUCION del P. E. que autoriza al Ayuntamiento de Sto. Domingo, a demoler la batería de la parte S. de la ciudad.—G. O. Núm. 1576 del 14 de Enero 1905. CARLOS F. MORALES L., Presidente Constitucional de la República. Vista la instancia elevada al Poder Ejecutivo, por órgano del Ministerio de Guerra y Marina, en la cual solicita el Ayuntamiento de esta común, con fecha cuatro del mes y año corrientes, autorización para demoler la batería comprendida en la parte Sur de esta población, con objeto de utilizar los materiales que de este trabajo resulten en la reconstrucción y ensanche del actual matadero de esta ciudad; Atendiendo: á que el propósito del Honorable Ayuntamiento al elevar la instancia de referencia, tiene por objeto la reconstrucción de una obra de indiscutible necesidad pública, que responderá al grado de cultura é higiene de un pueblo civilizado; De acuerdo con el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, RESUELVO: Unico: se concede autorización al Honorable Ayuntamiento de esta Común, para demoler la batería comprendida en la parte Sur de esta población, debiendo utilizar los materiales que resulten de este trabajo, en la reconstrucción y ensanche del matadero actual. § El Ministro de Guerra y Marina queda encargado de comunicar la presente Resolución. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de de la República, á los 7 días del mes de Enero de 1905; año 61° de la Independencia y 42° de la Restauración. MORALES L. Refrendada: El Ministro de Guerra y Marina, interino,—Manuel de J. Castillo.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona