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Resolución

Resolución 843

APROBANDO UNA ORDENANZA DEL AYUNTAMIENTO DE MONTE CRISTI MODIFICANDO LAS ORDENANZAS NOS. 35 Y 36 SOBRE VENTAS DE ARTÍCULOS DE CONSUMO PUBLICO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 nov de 1940fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 5529Gaceta Oficial del 1 ene de 1940
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 843. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso vigésimo-primero del artículo 49 de la Constitución de la República; Vista la Ordenanza Nº 45 dictada por el Ayuntamiento de Monte Cristi, en fecha 29 de octubre de este año, mediante la cual refunde é introduce modificaciones en las Ordenanzas Nos. 35 y 36 que fueron aprobadas por Resoluciones del Poder Ejecutivo del 7 de noviembre de 1938, y por las cuales los artículos que se enumeran a continuación deberán pagar, al ser puestos al consumo público en dicha Común, los derechos siguientes: Por cada kilo de pescado de mar o de río... . . . . . $ 0.01 " " docena de jarros, lámparas, embudos, juegos de cantina de hojalata etc.. . . . . . . . . . . " 0.05 " " docena de sombreros de cana.. . . . . . . . " 0.05 " " docena chinelas de lona o piel o de otros materiales similares.. . . . . . . . . . . . . . " 0.10 " " docena chinelas de cabuya.. . . . . . . . . " 0.05 " " cajón de 12 libras de maní, frijoles.. . . . " 0.01 " " cajón de café pilado de 12 libras.. . . . . . " 0.03 " " cajón de café en cáscara de 12 libras.. . . . . " 0.02 " " cerdo, chivo u oveja.. . . . . . . . . . . . . . " 0.10 " " ave de corral excepto pavo.. . . . . . . . . " 0.01 " " pavo.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " 0.02 " " carga de dulce proviniende de otra Común.. " 0.15 " " $1.00 de pan proviniende de otra Común.. " 0.05 Por cada carga de 40 andullos . . . . . . . . . . . . $ 1.00 " " carga de andullo picado . . . . . . . . . . . . " 0.05 " " carga de casabe de 100 tortas . . . . . . . . " 0.10 " " carga batata, yuca, plátanos, guineos y otros productos campestres no especificados en esta tarifa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " 0.02 " " quintal de ajo o cebolla . . . . . . . . . . . " 0.25 " " aparejo, par de árganas o serones . . . . . . " 0.02 " " docena de lazos, cabezadas, zinchas, esterillas, enjalmas, etc. . . . . . . . . . . . . . . . . . " 0.05 " " galón de miel de abeja o melado . . . . . . " 0.01 " " carga de maíz en mazorcas . . . . . . . . . . " 0.03 " " queso criollo (blanco) . . . . . . . . . . . . . " 0.01 " " docena de macutos . . . . . . . . . . . . . . . " 0.05 " " quintal de arroz manipulado a máquina . . . " 0.05 " " quintal de queso, estilo flandes y patagrás, etc. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " 0.50 " " carretada de caña . . . . . . . . . . . . . . . " 0.15 " " carga de caña . . . . . . . . . . . . . . . . . " 0.03 " " camión de víveres . . . . . . . . . . . . . . . " 1.00 " " carretada de víveres . . . . . . . . . . . . . " 0.20 " " quintal de maíz . . . . . . . . . . . . . . . . " 0.05 " " quintal de papas . . . . . . . . . . . . . . . " 0.05 " " quintal de almidón . . . . . . . . . . . . . . " 0.10 " " tinaja . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " 0.02 " " docena de potizas u ollas . . . . . . . . . . " 0.05 " " galón de manteca . . . . . . . . . . . . . . . " 0.05 " " tocino de res . . . . . . . . . . . . . . . . . " 0.40 " " tocino de cerdo . . . . . . . . . . . . . . . . " 0.25 " " tocino de chivo . . . . . . . . . . . . . . . . " 0.10 " " res o parte de res (fresca) . . . . . . . . . " 0.50 " " cerdo o parte de cerdo (fresco) . . . . . . . " 0.25 " " chivo o parte de chivo (fresco) . . . . . . . " 0.10 He dictado la siguiente RESOLUCION: Unico.— Quedan aprobadas las modificaciones introducidas por el Ayuntamiento de Monte Cristi en las Ordenanzas Nos: 35 y 36 de fecha 2 de junio de 1938. Dado en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca- pital de la República Dominicana, a los 30 días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta, año 97º de la Independencia, 78º de la Restauración y 11º de la "Era de Trujillo". M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA. Aprobación de una Ordenanza del Ayuntamiento de San P. de Macorís que modifica el art. 3º de la Ordenanza dictada en fecha 17 de noviembre de 1939, por la cual se establece un arbitrio sobre el registro e inscripción de vehículos de tracción animal o muscular.— G. O. Nº 5529, del 2 de Diciembre de 1940.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona