Núm. 4802.—RESOLUCION del P. E. mediante la cual se niega el recurso en gracia solicitado por el condenado Julián de los Reyes.—G. O. Núm. 1818 del 31 de Agosto 1907.
EL PODER EJECUTIVO.
Vista la exposición elevada al Poder Ejecutivo por el Abogado Américo Lugo, interponiendo recurso en gracia en favor de su defendido el reo Julián de los Reyes, mayor de edad, del domicilio de la común del Cercado, el cual fué condenado á la pena capital, como autor de asesinato en las personas de su tía Bernardina de Sena é Isabel de Sena, según sentencia del Juzgado de 1ª Instancia del Distrito Judicial de Azua, que ha sido confirmada por la Suprema Corte de Justicia en fecha 19 de Julio próximo pasado.
Considerando: que no se encuentra en el expediente de la causa en referencia motivo alguno que justifique en favor del reo indulgencia que se impetra,
RESUELVE:
Negar la gracia solicitada á nombre del reo Julián de los Reyes y ordenar que la sentencia sea ejecutada en todas sus partes en el lugar que ella indica.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 29 días del mes de Agosto de 1907; año 64 de la Independencia y 45 de la Restauración.
El Presidente de la República,
R. CACERES.
Refrendada: El Secretario de Estado en los Despachos de Justicia é Instrucción Pública :—Aug. Franco Bidó.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona