Núm. 4775.—RESOLUCION del C. N. que interpreta la ley de patentes.—G. O. Núm. 1800 del 29 de Junio 1907.
EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República.
RESUELVE:
Art. 1º Se interpreta la Ley de Patentes en el número de la tarifa, en el sentido de que, todo el que vendiere maderas extranjeras, aún cuando en el mismo establecimiento ejerciere otros negocios, deberá pagar el impuesto establecido para ese renglón.
Art. 2º Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en el Palacio del Congreso Nacional á los 19 días del mes de Junio de 1907; año 64 de la Independencia y 44 de la Restauración.
El Presidente: Ramón O. Lovatón.—Los Secretarios:—Joaquín E. Salazar.—Darío Mañón.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de la República, á los 26 días del mes de Junio de 1907; año 64 de la Independencia y 44 de la Restauración.
El Presidente de la República:
R. CACERES.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía: Ml. Lamarche García.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona