viernes, 16 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 4744

QUE FIJA LOS LIMITES ENTRE LA COMUN DE LA VEGA Y SALCEDO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 abr de 1907fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 1781Gaceta Oficial del 1 ene de 1907
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 4744.—RESOLUCION del C. N. que fija los límites entre la común de La Vega y Salcedo.—G. O. Núm. 1781 del 20 de Abril 1907. EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República. Declarada la urgencia y previas las tres discusiones constitucionales. Considerando: que en virtud de la discusión suscitada entre las comunes de Salcedo y La Vega relativa á sus límites res- pectivos, diputó el Congreso Nacional una Comisión especial para que estudiase la cuestión sobre el terreno, examinase los documentos producidos por ambas comunes y consultase la opinión de los habitantes de los lugares en litigio; Visto el informe y dictamen de la citada Comisión; Visto el § 24 del artículo 25 de la Constitución Política del Estado, DECRETA: Art. único: Los límites que en lo adelante separarán las comunes de Salcedo y de La Vega son: sobre la línea trazada en el Mapa del General Casimiro N. de Moya, decretado oficial en fecha 18 de Mayo de 1905, hasta el lugar denominado "Caña-fístolo"; de ahí en línea recta hasta la bifurcación del arroyo denominado "Aguas Frías" con el camino real entre Salcedo y M-corís; desde aquí en adelante el mismo camino real hasta el río "Cenobí" que lo separa del Distrito Pacificador. § Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Dado en el Palacio del Congreso Nacional, á los 19 días del mes de Abril de 1907; año 64 de la Independencia y 44 de la Restauración. El Presidente: Ramón O. Lovatón.—Los Secretarios: A. Acevedo.—J. D. Alfonseca h. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de la República, á los 19 días del mes de Abril de 1907; año 64 de la Independencia y 44 de la Restauración. El Presidente de la República: R. CACERES. Refrendado:—El Ministro de lo Interior y Policía:—Ml. Lamarche García.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona