Núm. 4733.—RESOLUCION del C. N. que subvenciona transitoriamente, el vapor nacional "Santo Domingo".— G. O. Núm. 1775 del 27 de Marzo 1907.
EL CONGRESO NACIONAL. En Nombre de la República.
RESUELVE:
Art. 1º Subvencionar transitoriamente con la suma de noventicuatro pesos oro en cada viaje del exterior, el vapor nacional Santo Domingo, de cuarentisiete toneladas de registro, perteneciente á la Compañía Anónima de Navegación.
Art. 2º Se libera de todo impuesto fiscal al carbón que importe para su consumo el referido vapor mercante Santo Domingo.
Art. 3º La Compañía Anónima tendrá á disposición del Gobierno, en cada viaje al exterior, tres pasajes en primera clase y cinco en segunda.
§ La presente resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada e nel Palacio del Congreso Nacional á los 20 dias del mes de Marzo de 1907; año 64 de la Independencia y 44 de la Restauración.
El Presidente: Ramón O. Lovatón.—Los Secretarios: A. Acevedo.—J. D. Alfonseca.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 25 días del mes de Marzo de 1907; año 64 de la Independencia y 44 de la Restauración.
El Presidente de la República,
R. CACERES.
Refrendada: El Ministro de Hacienda y Comercio: Federico Velázquez H.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona