Núm. 4714.—RESOLUCION del P. E. que acuerda salvo-conducto para regresar al país, a Antonio Morales L.—G. O. Núm. 1738 del 14 de Noviembre 1906.
EL PODER EJECUTIVO
Considerando: que el señor Cónsul de la República Dominicana en Saint Thomas, se ha dirigido al Poder Ejecutivo solicitando salvo-conducto en nombre del ciudadano Antonio Morales L., extrañado del territorio de la República por causas políticas, para que pueda regresar al país;
Vista la atribución 23 del artículo 51 de la Constitución Política del Estado,
RESUELVE:
Unico: Conceder salvo-conducto para que pueda regresar al país, al ciudadano Antonio Morales L., debiendo éste efectuar su entrada por el puerto de la ciudad de Puerto Plata.
§ Esta Resolución será comunicada por los Secretarios de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores para los efectos legales.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de la República, á los 13 días del mes de Noviembre de 1906; año 63 de la Independencia y 44 de la Restauración.
El Presidente de la República,
R. CACERES.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía:— Ml. Lamarche García.
Refrendada: El Ministro de Relaciones Exteriores:—E. Tejera.
EL PODER EJECUTIVO.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona