Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana,
NUMERO 1156.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo 49 de la Constitución de la República ;
Vista la instancia que por mediación de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, ha elevado el señor Julio Máximo Vellucci, mayor de edad, de estado casado, agricultor y ebanista, natural de Bovine Foggia, Italia, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
Vistos los documentos que acompañan a dicha instancia,
Visto el artículo primero, incisos a) y b) de la Ley Nº 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929 ;
Vista la Ley Nº 508 de fecha 25 de julio de 1941 ; y
Considerando que el señor Julio Máximo Vellucci justifica una residencia en el país no interrumpida de más de diez años, y que en fecha 4 de diciembre de 1918 fué autorizado de conformidad con la ley a fijar su domicilio en la República; y
Considerando que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización,
He dictado la siguiente
RESOLUCION :
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Julio Máximo Vellucci, de las calidades arrita expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador de la Provincia de Barahona, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado d' lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
Dada en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de agosto del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 78º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo .
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Autorización al Sr. Dr. Tulio Franco y Franco, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden "Honor y Mérito", otorgádale por el Gobierno de la República de Haiti.— G. O. Nº 5626, del 9 de Agosto de 1941.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.