Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 1124.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República;
Vista la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, ha elevado el señor Antonio Piñeiro Buceta, mayor de edad, de estado casado, industrial, natural de Bayón, Provincia de Pontevedra, España, en solicitud de que se le conceda el beneficio de la naturalización;
Vistos los documentos anexos a la instancia;
Visto el inciso c) del artículo primero de la Ley Nº 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y
Considerando que el señor Antonio Piñeiro Buceta justifica una residencia en el país no interrumpida de más de diez años, y haber sostenido una industria urbana; y
Considerando que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización,
He dictado la siguiente
RESOLUCION:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Antonio Piñeiro Buceta, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía, y de Relaciones Exteriores.
Dada en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 17 días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 78º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Carta de naturalización del Sr. José Costa Conde.— G. O. Nº 5618, del 26 de Julio de 1941.
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