Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.
Texto de la norma
Nr&mmiento
del .Sr. Gumersindo Bdliard como Gobemador de la
d)
Pruvhcia de Espail1at.-
G. 0. No 5614, del 12 de Julio de 1941.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la RepWiea Dominicana
NUME80 1113.
Ea us0 dte la facultad que m’e acuerda el inch:, 50 del ar-
I
ticulo 49 de la Cmmtituci6n del EstIado,
D E C R E T O :
UNIC0:-
El sfefior Gumerdndo Belliad queda nombnado
Gdberndw d12 la Provincia & &paillait.
DM30 en Gudad Tnujillo, Dktrih db &into b i n g o , 01.
pihl de ‘la Rqxiblica Dominhana, la 1% 10 dias del qm de julb
del aiio mil novecientw cwrenta y uno, aiio $89 die la Inde-
pendencia, 780 de la Rmtauaci6n y 120 de h Em de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONOHA.
Carta de naturaIim.-i6n del Sr. Max;mino Gonzdez y Alvarez Ckrame.-
G. 0. No 5614, del 12 de Julio de 1941.
M. DE J. TRONCO6O DE LA CONCHA,
Presidente de la Rep6blica Domidcaaa.
t
NWQRO 1114.
Ea ejerckio de L atribuciih que me cmfiene d i n c h 3”
del artimlio 49 de la Gcms6ituci6n de la Rq~iiblba;
Vkta la inshncja que por 6rgano d~ la Sw&ria de E u h
do d r ~
lo Interior y Pdicia, ha elevado el -or
Mmim’no Gm-
zikz y Alvamz Cerame, mayor de d a d , de 0 3 W o casado, de
ooupacih comwoiant?, matural de PnEa de Ala&,
Provincia
& Asiurias, Espaiia, domiailiado y rwihte en Ciudad Tru.
jillo, Distrito de Saqiito Doonin@, en s-dicitud de que st. le: can.
ceda el beneficio de la naturdinaicih;
-
Viatw 10s documentx anzxos a Za instancia;
Visto el inciso b) del articulo primpro de la Ley NQ 1227,
de &cha 4 de dki-abre 00 1929 ; y
Considmando que d sleiior Miaxirnino bz2a y Alvaras
Oerarne justifim una rasidermia en a1 plis ng intwrrump:da de
mAs de diel; ilfiw, y
Considerando que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización,
He dictado la siguiente
RESOLUCION:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Maximo González y Alvarez Cerame, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía, y de Relaciones Exteriores.
Dada en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 11 días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 78º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Carta de naturalización del Sr. Edmundo García González.— G. O. Nº 5614, del 12 de Julio de 1941.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 1115.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República;
Vista la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha elevado el señor Edmundo García González, mayor de edad, de estado casado, ocupación comerciante, natural de Busto, Provincia de Oviedo, España, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.