Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.
Texto de la norma
del artículo 49 de la Constitución de la República;
DECRETO:
UNICO.— Se autoriza la habilitación del remanente de los 5,000 tíquetes, de tres pesos cada uno, Serie A y B, cuya emisión fue autorizada por Decreto Nº 996, del 21 de marzo de 1941, para la aplicación de la Ley Nº 418, del 6 de mayo de 1941, sobre tránsito de vehículos en la Carretera Luperón, derogada por la Ley Nº 449, del 26 de abril de 1941, a fin de que sean utilizados, representando la tercera parte de su valor facial, en la aplicación de la Ley Nº 1535, del 14 de julio de 1938, restablecida por la Ley Nº 454, del 6 de mayo de 1941.
La Secretaría de Estado del Tesoro y Comercio dispondrá que, antes de ser utilizados para el fin indicado en el acápite anterior, dichos tíquetes sean estampados con un sello que diga: "Habilitado.— Un peso".
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 27 días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 78º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Carta de naturalización del Sr. Charles G. Knoechel.— G. O. Nº 6610, del 2 de Julio de 1941.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana,
NUMERO 1093.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo 49 de la Constitución de la República;
Vista la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, ha elevado el señor Charles G. Knoechel, mayor de edad, de nacionalidad norteamericana, de estado casado, profesión militar, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
Vistos los documentos anexos a la instancia;
Vista la ley Nº 64, de fecha 3 de febrero de 1939; y
Considerando que el peticionario justifica haber prestado servicios permanentes en las fuerzas armadas de la República;
He dictado la siguiente
RESOLUCION:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Charles G. Knoechel, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 27 días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 78º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Carta de naturalización del Sr. Pascual Prota.— G. O. Nº 5610, del 2 de Julio de 1941.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1099.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República;
Vista la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, ha elevado el señor Pascual Prota, mayor de edad, de estado casado, de profesión comerciante, natural de Mrigerati, Italia, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
Vistos los documentos anexos a la instancia;
Visto el artículo primero, inciso b) de la Ley Nº 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y
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