Texto de la norma
Resolución Nº 1087, que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Las Matas de Farfán, estableciendo un arbitrio sobre registro e inscripción de vehículos de tracción animal o muscular.— G. O. Nº 5608, del 28 de Junio de 1941.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1087.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso vigésimo primero del artículo 49 de la Constitución de la República;
Vista la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Las Matas de Farfán en fecha 31 de mayo del año en curso, por la cual establece un arbitrio sobre el registro e inscripción de vehículos de tracción animal o muscular que deberá ser cobrado semestralmente de conformidad con la siguiente tarifa:
a) Por cada carreta para uso público, DOS PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS..$ 2.50;
b) Por cada carreta para uso privado, DOS PESOS.. . . . . . . . . . . . . . . . 2.00;
c) Por cada carretilla o carrito tirado por la mano del hombre, destinado a la venta de frutos, legumbres, helados, frio-frio, dulces o mercancías en general, o para uso de los establecimientos comerciales o industriales, CINCUENTA CENTAVOS.. . . . . . . . . . . 0.50;
d) Por cada bicicleta para uso público o privado, UN PESO.. . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.00.
He dictado la siguiente
RESOLUCION:
UNICO.— Queda aprobado el arbitrio establecido por la Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Las Matas de Farfán arriba mencionada.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 24 días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 78º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Aprobación de reclamaciones de créditos contra el Estado.— G. O. Nº 5609, del 30 de Junio de 1941.
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