Texto
Texto de la norma
Núm. 4705.—RESOLUCION del P. E. mediante la cual se transfiere el duelo nacional.—G. O. Núm. 1700 del 4 de Julio 1906.
EL PODER EJECUTIVO.
Considerando: que el Decreto del Honorable Congreso, de fecha 19 de Junio de 1889, que declara día de Duelo Nacional el 4 de Julio de cada año, en memoria del benemérito General Francisco del Rosario Sánchez y de sus compañeros de martirio, señala el día 3 del mismo mes para conmemorar dicha fecha;
Considerando: que éste, en el presente año, ha caído en una fecha que la Iglesia no puede celebrar honras fúnebres,
RESUELVE:
Unico: trasladar las honras fúnebres que anualmente se celebran en memoria de los Mártires de la Patria para el día 7 del corriente mes.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 2 días del mes de Julio de 1906; año 63° de la Independencia y 43° de la Restauración.
El Presidente de la República,
R. CACERES.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía:— Ml. Lamarche García.
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