Núm. 4690.—RESOLUCION del C. N. que declara inexistente la resolución del P. E. del 18 de Agosto de 1905 mediante la cual se interpreta la ley de pasaportes.—G. O. Núm. 1697 del 23 de Junio 1906.
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República.
RESUELVE:
Unico: Considerar como inexistente y sin ningún valor ni
efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 18 de Agosto de 1905, interpretando la Ley de Pasaportes.
§Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en el Palacio del Congreso, á los 8 días del mes de Junio de 1906; año 63º de la Independencia y 43º de la Restauración.
El Presidente: A. Arredondo Miura.—Los Secretarios: Florencio Santiago.—Armando Victoria.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 19 días del mes de Junio de 1906; año 63º de la Independencia y 43º de la Restauración.
El Presidente de la República,
R. CACERES.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía:—Ml. Lamarche García.
Refrendada: El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de los Despachos de Hacienda y Comercio:—E. Tejera.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona