jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 4601

QUE PROHIBE EL USO PARTICULAR DEL ESCUDO Y ARMAS DE LA REPUBLICA, A LOS QUE NO SEAN ALTOS FUNCIONARIOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 jun de 1905fecha
Otrastipo
G. O. 1608Gaceta Oficial del 1 ene de 1905
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 4601.—RESOLUCION del C. N. que prohíbe el uso particular del escudo y armas de la República, a los que no sean altos funcionarios.—G. O. Núm. 1608 del 12 de Agosto 1905. EL CONGRESO NACIONAL. En Nombre de la República. A iniciativa del Poder Ejecutivo. Visto el uso que discrecionalmente hacen del escudo y armas de la República, empleados de todas las categorías, colocándolos en el papel y tarjetas de que se sirven para comunicaciones particulares; Considerando: que las insignias mencionadas no deben usarse sino por quienes corresponde y reglamentariamente; RESUELVE: Unico: Queda prohibido el uso particular del escudo y armas de la República á los que no sean altos funcionarios del Estado. § Incurrirán en falta de simple policía los que contravinieren á esta disposición y se les castigará con multa de cinco pesos y cinco días de arresto. §§ La presente Resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Dada en el Palacio del Congreso, á los 24 días del mes de Mayo de 1905; 62 de la Independencia y 42 de la Restauración. El Presidente.—J. E. Otero Nolasco.—Los Secretarios.—A. Acevedo.—J. D. Alfonseca h. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio de Gobierno, en Santo Domingo, capital de la República, á los 5 días del mes de Junio de 1905; año 62° de la Independencia y 42° de la Restauración. El Vicepresidente, en ejercicio de la Presidencia de la República, R. CACERES. Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía.—Ml. Lamarche García. Refrendado: El Ministro de Justicia é Instrucción Pública interino.—Fed. Velázquez H.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona