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Resolución

Resolución 4542

QUE AUTORIZA A FEDERICO LAMPLE, A EJERCER EL CARGO DE AGENTE CONSULAR DE LOS EE. UU. EN SAMANA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 mar de 1905fecha
Otrastipo
G. O. 1587Gaceta Oficial del 1 ene de 1905
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 4542.—RESOLUCION del C. N. que autoriza a Federico Lample, a ejercer el cargo de Agente Consular de los EE. UU. en Samaná.—G. O. Núm. 1587 del 1° de Abril 1905. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República. Vista la instancia que con fecha 6 del mes en curso dirige á este Alto Cuerpo el ciudadano Federico Lample, pidiendo la autorización constitucional para poder ejercer, en su calidad de ciudadano dominicano, la Agencia Consular de los Estados Unidos de Norte América en la ciudad de Santa Bárbara de Samaná; Visto el inciso 3° del artículo 15 de la Constitución Política del Estado, RESUELVE: Art. 1° Autorizar al ciudadano Federico Lample para que pueda ejercer en la ciudad de Santa Bárbara de Samaná el cargo de Agente Consular de los Estados Unidos de Norte América. Art. 2° Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Dada en el Palacio del Congreso á los 27 días del mes de Marzo de 1905; año 62° de la Independencia y 42° de la Restauración. El Presidente, Joaquín E. Salazar.—Los Secretarios:—Rafael Alburquerque.—J. D. Alfonseca hijo. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de la República, á los 28 días del mes de Marzo de 1905; año 62º de la Independencia y 42º de la Restauración. MORALES L. Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía, interino,—Juan Fco. Sánchez.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona