Núm. 4861.—RESOLUCION del P. E. que transfiere para el día 7 de Julio de 1908, la celebración de las honras fúnebres en memoria de los mártires del Cercado.—G. O. Núm. 1906 del 4 de Julio 1908.
RAMON CACERES,
Presidente Constitucional de la República.
Considerando: Que el decreto del Congreso Nacional de fecha 19 de Junio de 1889, declara día de Duelo Nacional el 3 de Julio de cada año, en memoria del Benemérito Gral. Francisco del Rosario Sánchez y demás compañeros de martiliologio del Cercado;
Considerando: que diversas circunstancias impiden en el presente año la celebración en el mencionado día de las honras fúnebres correspondientes,
RESUELVO:
Unico: Transferir para el día 7 del mes de Julio en curso la celebración de las honras fúnebres que anualmente son tributadas en memoria de los mártires del Cercado.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 2 días del mes de Julio de 1908; año 65 de la Independencia y 45 de la Restauración.
El Presidente de la República,
R. CACERES.
Refrendada: El Secretario de Estado de lo Interior y Policía:—Miguel A. Román hijo.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona