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Resolución

Resolución 937

PERMISO A LA COMPAÑIA AZUCARERA DOMINICANA, C. POR A., PARA CONSTRUIR Y OPERAR UN AERODROMO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 ene de 1941fecha
Otrastipo
G. O. 5556Gaceta Oficial del 1 ene de 1941
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 937. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República; y Visto el artículo 7 de la Ley Nº 1422, de Navegación Aérea Civil sobre el territorio de la República y sus aguas territoriales, de fecha 23 de noviembre de 1937; Vista la instancia que ha elevado al Poder Ejecutivo por conducto de la Secretaría de Estado del Tesoro y Comercio el señor E. I. Kilbourne, en su calidad de Vice-Presidente y Administrador General de la Compañía Azucarera Dominicana C. por A., en solicitud de permiso para que dicha Compañía pueda construir y operar un aerodromo en el Batey Central del Ingenio Consuelo. Visto el informe favorable de la Comisión de Aeronáutica, He dictado la siguiente RESOLUCION : Unico.— Se concede permiso a la Compañía Azucarera Dominicana, C. por A., para construir y operar un aerodromo en el Batey Central del Ingenio Consuelo, sujetándose a todas las disposiciones de la ley de la materia. Dada en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 29 días del mes de enero del año mil novecientos cuarentiuno, año 97º de la Independencia, 78º de la Restauración y 11º de la Era de Trujillo. M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona