Texto de la norma
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#esolur;6n NQ 10160, declarando tres dias de duelo oficial Con m o t h del
fallecimiento del Sr. Enrique A. 'Mejia, Diputado por la PrOvincia de
La A1tagracia.-
G. 0. Nr, 6374, del 4 de Enero de 1946.
EL CONGRESO NACIONAL
En hombre de la Republica
NUMERO 1060.
CONSIDERANDO que hoy falleci6 el sefior don Enrique
A. Mejia, diputado por la provincia de La Altagracia;
CONSIDERANDO. que el seiior don Enrique A. Mejia fu6
un prestante hombre pfiblico y meritorio ciudaaano, y que su
sensible fallecimiento apenas grandemente a las CBmaras Co-
legisladoras y a la comunidad provincial que estuvo represen-
tando como diputado hasta la hora de su muy sentida muerte,
R E S U E L V E :
ARTICULO UNICO: Declarar de auelo oficial 10s dias 12,
13 y 14 del corriente,
Ofrendar una corona, como afettuoso tributo a1 compaiie-
ro fallecido, y
Permanecer haciendo guardia de honor en uno de 10s sa-
lones de la Camara de Diputados, junto a1 cadaver del Dipu-
tad0 don Enrique A. Mejia hasta la hora dispuesta para el ac-
to de inhumcibn.
DADA en la Sala dte Sesiones de la CQrnara de Diputados,
en Ciudad Trujillo, Di'strito de Santo Domingo, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s onoe dias del mes de diciembre
del aiio mil novecientos cuarenta y cinco, aiios 1029 de la Inde-
pendencia, 83Q de la Restauracibn y 169 de la Era de Trujillo.
El Presidente.
Porfirio Herreia,
Los Secretarios :
Milady Fdix de L'Official,
Polibio Diaz.
DADA en la Sala de Sesiones del Pa!acio dmel Senado, en
Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la Re-
ptiblica Dominicana, a 10s doce dias del mes de diciembre del
afio mil novecientos cuarenta y cinco, aiios 1029 de la Indepen-
dencia. 839 de la Restauracih y 169 de la Era de Trujillo.
M. de J, Troncoso de la Concha,
Presidente.
M. Garcia Mella,
Secretario.
R, Emilio Jimenez,
Secre tario,
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RAFAEL LXQNIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la Rep~blica Dominicana
En ejercicio de la atribucidn que me confiere ei inciso 30
del articulo 49 de la Constitucih de la Repfiblica;
PROMULGO la presente Resolucidn, y mando que sea pu-
blicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumpliimien-
to.
DADA en Ciuaad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Reptiblica Dominicana, a 10s diecisiete dias del mes
de diciembre del afio mil novecientos cuarenta y cinco, aiios
1020 de la Independencia, 839 de la Restaraci6n y 160 de la Era
de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
~e~ IVQ 106,1 que prohibe la exportacih de cogolhs, hojas y fibras drtl
palmn, si no
G. Q. NP 637,1, del 28 de
es en estado de elasboraci6n.-
Dicienlbre de 1945.
' EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
HA DADO LA SIGUIENTE L,EY:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.