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Resolución

Resolución 658

QUE APRUEBA LA ERECCION DE SENDOS BUSTOS EN LA CIUDAD DE SAN CRISTOBAL A DON JOSE TRUJILLO VALDEZ Y A DOÑA JULIA MOLINA VDA. TRUJILLO VALDEZ.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 jul de 1944fecha
Otrastipo
G. O. 6113Gaceta Oficial del 1 ene de 1944
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Resolución Nº 658 que aprueba la erección de sendos bustos en la Ciudad de San Cristóbal a Don José Trujillo Valdez y a Doña Julia Molina Vda. Trujillo Valdez.— G. O. Nº 6113, del 19 de Julio de 1944. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 658. VISTA la Ley Núm. 638, sobre erección de estatuas y otros monumentos públicos, de fecha 23 de junio del año 1944, publicada en la Gaceta Oficial número 6102 de fecha 28 de junio del mismo año; VISTA la solicitud de autorización elevada al Congreso Nacional por vía de la Cámara de Diputados, en fecha 29 de junio del año 1944, por el señor Virgilio Alvarez Pina, Presidente de la Junta Superior Directiva del Partido Dominicano y en su calidad de Representante del Comité Ejecutivo Pro Erección del Busto a Don José Trujillo Valdez en la Benemérita Ciudad de San Cristóbal, y de Representante, igualmente, del Comité Ejecutivo Permanente del Primer Congreso Femenino Dominicano, del cual es al propio tiempo Asesor; VISTA la descripción pormenorizada que, en cumplimiento del artículo 3º de la citada Ley Nº 538 de fecha 23 de junio del 1944 acompaña la referida solicitud y la cual certifica el señor Director General de Bellas Artes mediante constancia de fecha 26 del mismo mes y año ya mencionados; RESUELVE: PRIMERO: Autorizar al Comité Pro Erección del Busto a don José Trujillo Valdez, a fin de que dicho Comité pueda erigir en adecuado sitio público de la Benemérita ciudad de San Cristóbal un busto a don José Trujillo Valdez, obra en bronce, de acuerdo con el boceto y las especificaciones aprobadas por la Dirección General de Bellas Artes, como cívico tributo de amor y de veneración al ilustre progenitor del Benefactor de la Patria. SEGUNDO: Autorizar al Comité Ejecutivo Permanente del Primer Congreso Femenino Dominicano, a fin de que dicho Comité pueda erigir en adecuado sitio público de la Benemérita ciudad de San Crstóbal un busto a doña Julia Molina Viuda de Trujillo Valdez, obra en bronce de acuerdo con el boceto y las especificaciones aprobadas por la Dirección General de Be- llas Artes, como cívico tributo de amor y de veneración a la ilustre progenitora del Benefactor de la Patria. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y cuatro; años 101º de la Independencia; 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo. El Presidente, Porfirio Herrera. Los Secretarios: Milady Félix de L'Official. Guido Despradel Batista. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y cuatro; años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo. M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente. M. García Mella, Secretario. Pablo M. Paulino. Secretario. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República, PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona