Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1368.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 21º del artículo 49 de la Constitución de la República;
Vista la Resolución dictada por el Ayuntamiento de la Común de Moca en fecha 29 de noviembre de este año que establece un arbitrio sobre matanza de animales y conducción de carnes para el expendio, a cobrar desde el 1º de enero de 1942 de conformidad con la siguiente tarifa:
Por 45.34 kgs. (un quintal) de carne de res vacuna o porcina, sacrificada en el Matadero Público para su expendio dentro del radio de la población.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 2.00;
Por cada animal caprino o lanar, sacrificado en el Matadero Público para su expendio dentro del radio de la población.. . . . . . . . . . . . . . . . . " 0.30;
Por conducción dentro de la población, de cada res vacuna o porcina sacrificada.. . . . . . . . . . . . " 0.30;
Por conducción dentro del radio de la población de cada animal caprino o lanar sacrificado.. . . . . " 0.20;
Por 45.34 kgs. (un quintal) de carne de res vacuna o porcina, que se sacrifique fuera de la zona urbana para su expendio en los campos, de esta jurisdicción.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " 2.00;
Por cada animal caprino o lanar, que se sacrifique para su expendio en los campos.. . . . . . . . . . " 0.30,
He dictado la siguiente
RESOLUCION:
UNICO.— Queda aprobado el arbitrio establecido por la Resolución del Ayuntamiento de la Común de Moca, arriba mencionada.
Dada en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la República Dominicana, a los 12 días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Exequátur de ley concedido al Sr. Rafael Enrique Valdez, como Ingeniero Civil.— G. O. Nº 5688, del 3 de Enero de 1942.
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