Texto de la norma
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pitd de la Repfiblica %minicanla, a 20s 31 dim del mes de octu-
bre del aiio mil novxientos cuarmtiun3, aiio 989 de la Indepen-
dencia, 799 2s la R4auraci6n y 120 ‘de $la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCaSO DE LA CONCHA.
bBeso?wiBn agrohtoria de tin mltrato de vats de un inmu&&, celebrado
entre el Jd3tado p el Genemihisirno Dr. Rafael L. Trujillo 2d.-
G. 0. NV 6663, del 3 de Noviembre de 1941.
EL CONGRESU NACIONAL
En Nombre de la Reptibliea
S d a d o por el sefior VIRGILLO ALVAREZ PIN& mayor de
~
ledad, casado, Fumionarlo P~blico, dominicano segcin lo &lam,
de este rdomkilio y midencia, portador de la c6dula de identi-
dad %Tie prhera, niLllero [cédula], renova& para ell corrientc
aiiu coin d sello de R e n k Interms numero 84, en rsu calidad de
m X T A R I U DE ESTADO DEL TESORO Y BOMEXCJO,
cofifwme
Wikr espmkul que l!e confirii, el Honorable Seiior
Prwidente de 1st Bepulblica, por resolucih dictzuda en fechs
veintius del mes de Septiembre del corrienk aiio;-
el cual
poder me ha mostrado y he devuelto a1 interedo;-
y & 4s
o h parte, d lGE)NEiRALISIMO DOCTOR BA’FAEL LEON-
DAS ‘1’fiUJILLO MOLlNA, Bcnefatctor I&
ha Patria, mayor
de dad, casab, ~Jwomdado, dominicano seegun lo expram, de
ebste domicih y residaicia, portador de la c&h.da de iwntdad
erie primers, numero 1, renovadia para el presente L~EQ con el
SOAO de &nt.as h,ternas numero uno;-
personas a las que yo,
Nu-
mntmcrito, doy &e conocer;-
y &%PUS0 ei sellor
VJRGLLlO ALVAWIZ PLNA, en su calldad ya expreual;,a:-
que, por el prsente acto, el ES’I’ADO [correo] vend;.
real y emctlvaniente, ’UaJo las garantias esttvblecidas por la
Ley y%hre de grevaxnen 6 hipoteca, semh lo cmprueba la
ceixmcacuh libraaa ai eiecto en esta mmma fecha por el Con-
sersadar fie Hipotecas de este Uistrlto de Santo Domingo, qu-
tue teli~ao a la vista y dejo ariemda al presente acto, al bE-
N E&CXLLSUMO DOGI’OR JLAb’AElL
LEUtNIDAS ‘FRUJJLLO
IVlULlNA, ben&ctor
de la Pa,tJk, que lo aeepta, d inmuable
que a Colntinuacitin se dsigna;
a SABER:-
UNA CAM
de concreto, rdie una pmnta, situada en e s b ciudad, en 3a 4 l e
“CESAR N ICOLAS PENSON”, esquina ‘‘WOPOLDiO NAVA-
Riato”, marcada con el nhiero setmta y siete (77), y el soial.
en que est& ubicada, que es propio;-- el mal solar nnde CUA-
BiA‘lA Y Nu,hVE (49) lMBI’R.t)lS OUAItEN l’A Y IClNOO (45)
CEN‘I‘lMETR\OG dr,p freqte por OICIHJGNfI‘A Y C‘UANW (84)
UrROIS de foado, arrojando una extensidn superficial
fie
E S ~ ,
propied& que
CUA’I‘&O MkL CMNTG SESENTA (4160) MEYI?ROS ICUA-
UXADOS, CU M&EN’TIiSEI!S (46) ICZ~NTIMJGTIRIOS OUADRA-
DOS-
y que tiene bas siguibentes coiindancias:-
a1 Norte: pro-
.pied,; que 2s oi fu6 idel sefim LEPi0iL;DO RIGART 13diTVES;;-
0 fu6 tambikn de1 l;laho sZior LE\o-
p01~)c) a.BCART 0UVEIS;-
a1 Sur, calk ‘‘OETMR NIOOLAS
pm@N”, y a1 Oeste, call0 ‘ ‘ ~ 0 P O ~
NAVARR0”;-
in-
clushe un garage construido taunbi6n de concreto;-
venta que
realim con todas las anexilhdes, dqxndkncias y w ~ e s v i a s
que le correspondan; entrando el comprador desde esta fecha y en virtud de este título en la quieta y pacífica posesión del inmueble vendido, para usar y disponer del mismo como de cosa de su legítima propiedad.— Entendiéndose que la presente venta incluye el ajuar que guarnece la casa vendida y que está detallado según inventario que obra en la Oficina de Bienes Nacionales, y los que ha recibido el comprador.— EL ESTADO DOMINICANO hubo el inmueble que por este acto vende, por haber comprado la casa y el solar en que está ubicada en mayor cantidad, al señor LEOPOLDO RICART OLIVES, en fecha veintidós del mes de Noviembre del año mil novecientos veintiséis, por acto pasado ante el que fué Notario Público de la entonces Común de Santo Domingo, LICENCIADO ANDRES JULIO MONTOLIO Y MOSCOSO.— El referido señor RICART OLIVES, adquirió a su vez, la casa, por haberla hecho construir con sus propios recursos y el terreno que vendió al ESTADO, por compra en mayor cantidad, en fecha quince de Julio del año mil novecientos dieciocho, y por ante el Notario de los de este Distrito, señor ARMANDO PELLERANO CASTRO, al LICENCIADO PEDRO A. LLUBERES HIJO; quien lo adquirió también en mayor cantidad, por compra al señor SALVADOR HENRIQUEZ Y CARVAJAL, en fecha quince de Febrero de mil novecientos cinco;— y éste lo hubo a su vez, por compra que hizo a DON PEDRO A. LLUBERES, en fecha ocho de Febrero de mil novecientos, por ante el que fué Notario Público de esta ciudad, DON MARIANO MONTOLIO Y RIOS;— y DON PEDRO A. LLUBERES lo adquirió del modo siguiente:— una parte, por compra a DON CASIMIRO N. DE MOYA, en fecha diecisiete de Julio de mil ochocientos noventitrés, por ante el mismo Notario DON MARIANO MONTOLIO Y RIOS:— otra parte, por compra a los señores NARCISO ABREU Y LUIS T. DEL CASTILLO, en fecha veinticuatro de Octubre del año mil ochocientos noventinueve, también por ante el Notario MONTOLIO Y RIOS; otra parte, por compra a DON ISIDRO PEREYRA, por ante el Notario que fué de los de esta ciudad, el finado DON IGNACIO GONZALEZ LAVASTIDA, en fecha nueve de Junio del año mil ochocientos ochenticinco;— otra parte, por compra a los esposos DON FELIX LLUBERES y DOÑA ANTONIA SAVIÑON, por ante el Notario Público, señor FRANCISCO X. ARIZA, en fecha cuatro de Enero de mil ochocientos ochentinueve;— otra parte, por compra al señor FELIX LLUBERES, ante el mismo Notario ARIZA, en fecha seis de Febrero de mil ochocientos noven-
.-
tho;-
y fhahnente, o
h
pa*,
por mmpra a1 sekr VJEJEX
DE iSERREt3, par ante el que fu4 Notario de 10s de a t a ciudad,
el findo DON CYLAUDIIO FEDERICO POLANCO, en fecb do-
ee & Dickmbre de mi: &ocientos whentiside;-
todo lo cual
aonsta en el .dudido acto litel Nota& LIWENGWDO ANDRES
JluLIO MiQNDDLIO Y MOSCOW de feoha veintid6s de Na-
vieanbre de mi! novecienbs veintisek;-
el cusul en copia debi-
ilamente transcrit,,a en la I(=onserva!durh de Hipot-
de e&€
hoy Distrito de Saqk Doaningu~, el dia veinticinco de 10s mis-
mos nies y aiio, en el libro ktra "fl", bajo d nhnero 28, tengo
%L k virslta y dejo anexoda a mis compnabantes de ate aiio, con
ba m m e n t e nota de rebaja:-
expidibendo en vilrtud ttz
$a Ley de' *ha
cuqtro de Maiyo de mil novwhtos diez, una
&ifimcih
o rwto de titulo por el sobrank.-
La presente
vmta se efwth por In hsum y pmio & QUINGE: MIL PE-
SOS (~15.aoo.w) M a m m DE 1cI:mo L ~ G A ~ L
DE LOS EY-
TADOS UNDOIS DE NORVE ANERICA, que el representan-
ke diel ~ESl'Al30 dacilara'tener ~
i
b
~
~
en un &que dmem
36728.a cargo de fH3E NATIONAL CITY BANK, SuoWsail de
esja dudaid, y p a la que el BSI'DO IX)MINEANO b rki 4
,compradx-, por medio de ate acto, fini~quih y deslcargo en to-
& forma por d pr&
de es& vents.- Es entenWo que la
premnb venta m sul;$rii efecto sin0 despub de hatber aiddo
sometkh y ten= la aprcbscibn Ids1 (30NGEEW NACXONAL y
wrii anotada en la Of~cinsr de Bienes Naciodes para ser s m -
&aldta del lcahstro de bhea de la Naci6n.-
Ed inmueble ob-
jqta de--
vent& & exonmadla del pogo del Inquest0 sobre
h Proppiadad Urbana de eonformidtad a 30 dispueslto en L Ley
de la materia.-
Las parte me Irlieclarin expnesmente que a-
cleptlain h o i h 11- estipuhchnes amtienidas en el prwntx? acto.
-Hecho
y pasado en nli Elstudio, el mirsrmo dSn, me3 y afio arrk
ba inidWccwl, en preseacia de b s seiiores &&EXlI'EIRIO SE-
1PULVIEDA H. y BAFA.EiL A. ,LUNA, @os
mayores dk
dominicams y die ate domkdio y &dencia,
best*
imfku-
pwddes requeridm a1 ePecho, Ilibm de b
tachas y ex&o-
nes que e3ta;blece la ley, B quienres mnozco, de do que doy f6;-
anbe quSena3 fu4 leido por mi
las par bas^ dl pre~mb2 a&
Y
+ w u & s que fu4 apmbdo por todog lo han firmado p r ant2
mi y junto conmigo, N&o
que oertiiioo y doy fC.-
(FIR-
MmOlS:) SIAFAmL L. T%UJLLO.- V. AbVAiREZ PINA-
BE].
mPULVEDA H.-
RAFAHL A. &UNA.- JOAQ. E. SA-
LLZA8. NNOTO;-".
a
b4DA en
&&.I de h i o w del Sendot, em Chidad Tnr-
jillo, Distrib de Sanh Dominigo, Capital de la &@blica
Do-
&irczma,
a loer Meintiolcho dlas de1 mes de Octubm del aiio mil
novecientors cuarenta y uno, aiio QSQ de Lc h-
de la Restauracih y 129 de la ~Ena de Tmjillo.
El Presideute.
Porfirio Hemra.
Loa i 3 e c ~ o a :
Artwo Logroiie.
E'ederico Fialb.
DADA en ia Wa de %sicme3 de L 0.hiara de il)$putadO?l,
en Ciudd Tmjililo, Dlstrito de Smto Domingo, Capitad de la
Weptiblica Dominiana, a loa veintinueve vpias de1 mes de octu-
3n-e del rtiio anii nmmientoB cluarenta y my
aiia MQ de la Inrdle-
pencknch, 790 de la R%%hwi6n
y
de {la ll&a d~?
Truj3b.
A. R. Nanita.
El1 presidentey
lfios Secrqhriros:
Dr. Fabio A. Mota M.
Alej. Amable Nmdal.
M. DE J. TBONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de la atribucih que me confiere el irrCi80 37
del articulo 49 de la Constitucih de la Repuhlica,
. . .
cada en k
I)
F%OMUU;IIO la pFente resducih, y mado que sea publi-
y C
U
W
b
.
Ofkid p a ~ a
t~ C
O
~
DADA en Ciudad: hjillo, Diskit0 de Snha Domingo, Ca-
w-
mmtxientus cuarentiuno, aiio 98Q de la Id+
&a1 de b ifteptiblica Dolainicana, a log 91 d& del m e ~
mbre dd aiio
pendencia, 799 de k Restauraci6n y W de la ,Era cle Truji.310.
M. DE J. TRONGOSO DE LA CONCHA.
. A d s waliEados jpatiuitamen@ por 10s oficiales del Estado Cidl de
SedenaaBes, La I)esapbierta pcLorns de C&rem.--
G. 0. Nv W,
del
5 de No~iedme de 194l.
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la Republica
DiEZLXCADA LA URGENCIA,
UA DADO LA SIGUI3UllX LEY:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.