Texto de la norma
Resolución Nº 469, que prorroga por 60 días más la Legislatura Ordinaria.— G. O. Nº 5597, del 24 de Mayo de 1941.
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República
NÚMERO 469.
Visto el Artículo 29 de la Constitución Política del Estado.
DECLARADA LA URGENCIA
RESUELVE:
UNICO:— Prorrogar como por la presente Resolución prorroga, a partir del día 28 de mayo de 1941, por sesenta días más, la Legislatura Ordinaria que se inició el día 27 de febrero de 1941.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y uno; año 98º de la Independencia, 78º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Félix Ma. Nolasco.
Federico Fiallo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la
República Dominicana, a los veintiún días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y uno; año 98° de la Independencia, 78° de la Restauración y 12° de la Era de Trujillo.
El Presidente,
A. R. Nanita.
Los Secretarios:
Julio A. Cambier.
Modesto Díaz.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la República Dominicana.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treintisiete de la Constitución del Estado,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 23 días del mes de mayo del año mil novecientos cuarentiuno, año 98° de la Independencia, 78° de la Restauración y 12° de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.