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Resolución

Resolución 1515

RESOLUCION QUE DECLARA AL GENERALISIMO DR. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, EL PRIMERO Y MAS GRANDE DE LOS JEFES DE ESTADO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 jun de 1938fecha
Otrastipo
G. O. 5183Gaceta Oficial del 1 ene de 1938
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACITOR DE LA PATRIA. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treintisiete de la Constitución del Estado, Promulgo la presente ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADO en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de mayo del año mil novecientos treinta y ocho. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución que declara al Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, el Primero y más Grande de los Jefes de Estado.— G. O. No. 5183, del 15 de Junio de 1938. EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República. NUMERO 1515. CONSIDERANDO que el ejercicio del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina como Presidente de la República ha sido fecundo en realizaciones provechosas para el País, el cual ha alcanzado durante la vigencia de su alta función ejecutiva y a impulsos de nobles empeños reconstructivos su máxima grandeza ofreciendo al mundo el ejemplo de una nación pequeña en extensión, pero modelo de laboriosidad, de civilización, de progreso y de moralidad; CONSIDERANDO que es obra de elevada justicia premiar la abnegación de los grandes servidores de la Patria, y que esto debe hacerse en forma perdurable y solemne para que la expresión de la gratitud nacional lleve hasta la posteridad la consagración de los héroes de la República; CONSIDERANDO que la consolidación de la paz es uno de los bienes que ha contribuido al disfrute del sosiego de la familia dominicana, y que de esa paz, que es la paz de Trujillo, ha sido guardián y defensor el Ejército Nacional, producto de uno de los más caros desvelos de este preclaro gobernante; CONSIDERANDO que si bien es verdad que el pueblo dominicano ha plenamente reconocido y magnificado la obra genial, proficua y patriótica realizada por el Presidente Trujillo, es cierto también que este reconocimiento debe ser objeto de una decisión del Poder Legislativo, a fin de imprimir carácter y fuerza jurídica a ese mismo sentimiento nacional. RESUELVE: 1.— Declarar que el Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina ha sido el primero y mas grande de los Jefes de Estado que ha tenido la República desde su fundación a la fecha, y que el gobierno presidido por él ha sido ejemplar y el mejor de cuantos han regido los destinos nacionales. 2.— Enviar sendas copias de esta Resolución al Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Presidente de la República y Benefactor de la Patria, la cual deberá serle entregada el día 16 de Agosto del año en curso por una comisión integrada por miembros de ambas Cámaras y al Archivo General de la Nación, para que allí, junto a los legajos gloriosos de nuestro histórico pasado, sirva para trasmitir a la posteridad, el testimonio de una era que ha enaltecido la República e inmortalizado el nombre del eximio gobernante que la ha creado. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de Junio del año mil novecientos treinta y ocho, año 95º de la Independencia y 75º de la Restauración. El Presidente, Los Secretarios: Dr. José E. Aybar. A. Font Bernard. A. Pellerano Sardá, DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de junio del año mil novecientos treinta y ocho, año 95º de la Independencia y 75º de la Restauración. El Presidente, Los Secretarios: Dr. Lorenzo E. Brea. Félix Ma. Nolasco. Mario Fermín Cabral.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona