Texto de la norma
PROMULGO la presente resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 23 días del mes de mayo del año mil novecientos cuarentiuno, año 98° de la Independencia, 78° de la Restauración y 12° de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Aprobación de los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1940.— G. O. N° 5597, del 24 de Mayo de 1941.
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República.
NUMERO 464.
VISTO el inciso 23 del Artículo 33 de la Constitución del Estado;
VISTO el resultado del exámen hecho de los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1940;
CONSIDERANDO: que dichos actos son ajustados a la Constitución y a las leyes,
DECLARADA LA URGENCIA,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO:— Quedan aprobados todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1940, por ser ajustados a la Constitución y a las leyes.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y uno; año 98° de la Independencia, 78° de la Restauración y 11° de la Era de Trujillo.
A. Pellerano Sardá,
Vicepresidente en funciones
Los Secretarios:
Félix Ma. Nolasco.
Federico Fiallo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados,
en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y uno; año 98° de la Independencia, 78° de la Restauración y 11° de la Era de Trujillo.
A. Acevedo.
Vicepresidente en funciones.
Los Secretarios:
A. Hoepelman.
Julio A. Cambier,
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la República Dominicana.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treintisiete de la Constitución del Estado,
PROMULGO la presente resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 23 días del mes de mayo del año mil novecientos cuarentiuno, año 98° de la Independencia, 78° de la Restauración y 12° de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Jubilación del Estado al Sr. Alberto E. Fiaño, y autorización de transferencia dentro de los fondos generales de la Ley de Gastos Públicos vigente.— G. O. N° 5597, del 24 de Mayo de 1941.
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República.
DECLARADA LA URGENCIA
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.