Texto de la norma
DADA en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los un día del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y dos; año 99° de la Independencia, 80° de la Restauración y 13° de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Los Secretarios: M. A. Peña Batlle.
Milady Félix de L'Official.
G. Despradel Batista.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3° del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 3 días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y dos, años 99° de la Independencia, 80° de la Restauración y 13° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución N° 93 aprobatoria de una Ordenanza del Ayuntamiento de Dajabón sobre venta de terrenos.— G. O. N° 5809, del 7 de Octubre de 1942.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA.
NUMERO 93.
VISTA la Ordenanza Municipal dictada por el Ayuntamiento de la Común de Dajabón en fecha 11 de Septiembre del año 1942, y que copiada a la letra, dice así:
"EL AYUNTAMIENTO DE LA COMUN DE DAJABON, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY DE ORGANIZACION COMUNAL.
CONSIDERANDO: Que los municipios están en el deber y obligación de velar por el bienestar y engrandecimiento de su común;
CONSIDERANDO: Que es de urgente necesidad para este Municipio, aumentar los fondos de luz para la compra de una Planta Eléctrica para alumbrado de la Ciudad;
CONSIDERANDO: Que teniendo el Municipio una porción de terreno fuera de la zona urbana, y deseando vender parte de ellos para dedicar su producido a la compra de una Planta Eléctrica y accesorios para la misma,
RESUELVE:
Art. 1º— Solicitar autorización de la Honorable Cámara de Diputados de la República, para la venta de 400 tareas de terreno fuera de la zona urbana.
Art. 2º— La venta de estos terrenos se hará de Contado y en los siguientes precios:
TAREA DE TERRENO FERTIL SITUADA A LA ORILLA DEL RIO..................$ 1.50.
TAREA DE TERRENO SITUADA EN LA PARTE ALTA..............................$ 1.00.
Art. 3º— Las 400 tareas a que se contrae esta resolución están situadas y limitadas por las colindancias siguientes:
AL NORTE: Propiedad del Sr. Juanico Lirañzo.
AL SUR : Propiedad del Sr. José Cepín.
AL ESTE : Propiedad del Sr. Leoncio Miolán
AL OESTE : Río Massacre.
Art. 4º— El producido de esta venta será dedicada exclusivamente para aumentar los fondos destinados a la adquisición de un equipo eléctrico para el alumbrado público de esta ciudad.
Dada y aprobada en la sala de sesiones del Hon. Ayuntamiento, a los 11 días del mes de Septiembre del año mil novecientos cuarenta y dos, años 99º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo—F. Leoncio Pilarte N.
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*
Presidents del Ayuntamiento.-
Antonio Vivas Pbrez, sindico
Municipal.-
Juan J. Garcia Pou, Sn_cretario”.
En us0 de la atribucih que le confiere el incim 2Q del ar-
ticulo 22 de la Constitucih de la Re@blica,
R E S U E L V E :
UNIC0:-
Aprobar, como por la presente R.;solucibn a-
prueba la Ordenamp arriba transrrita, votada por el Ayunta-
miento de la Combn de Dajab6n en fecha 11 de Septiembre del
aiio 19p12, en virtud de la cual solicita autorizacibn para em-
jenar 400 tareas de terrenos rurales propiedad de la Combn, a1
precio de $1.00 y $1.50 la rha;rea, segbn su situacibn, a fin de
aplicar el pducido de esta venta a aumentar el fondo que es-
t& constituyendo el referido Ayuntamiento para instalar el a-
lumbrado el&trico en la villa calxcera de la Combn.
DADA en la &la de Sesiones de 112 C h r a de Diputados,
en Ciudad huji€lo, Drstrito de Santo Domingo, Capital de la
Ztepbblica Dominicana, a primer0 de octubre del aiio mil nove-
cientos cuarenta y dos; aiio 099 de la Independencis, 8W de Is
Besburaci6n y 130 de la Era de Trujillo.
a
El Presidente,
&I.
A. Pek Batlle.
‘us Saretarios :
Milady Fblix de L’Offiil.
G. Despradd Batista.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la Repliblicit Dominicana.
En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el inciso 39
del artfculo 49 de la Gonstitucibn de la Repbblica,
iP(RIOMULG0 la presente rzsoluc’bn, y msndo que sea publi-
cada en la Gaceta CMicial pinz su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la ILsp6blica Duminicans, a 10s 3 dias del mes de oc-
tubre del aiio mil novecientos cuarenta y dos, aiios 99Q de la
Independencia,, 80Q de la Restauracih y 13“ de la Era de Tru-
jiUo.
RAFAEL L. TRUJIUO
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