Texto de la norma
Núm. 4885.—RESOLUCION del C. N. que aprueba una tarifa de recargo para la común de San José de Ocoa.—G. O. Núm 2004 del 30 de Junio 1909.
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República.
Declarada la urgencia
RESUELVE:
Art. único: Aprobar la siguiente tarifa de arbitrios municipales para la Común de San José de Ocoa:
Por cada galón de ron que sea destinado para el consumo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 0.08
Por cada animal que entre cargado con artículos para el consumo de la común. . . . . . . . . 0.05
Por derecho anual de cada trapiche. . . . . 2.00
Por sello de romanas y balanza, por año. . . . 0.50
Por sello de cada almud, por año. . . . . . . 0.20
Por sello de medidas de líquidos. . . . . . . . 0.05
§ Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Diputados, á los 17 días del mes de Junio de 1909; año 66 de la Independencia y 46 de la Restauración.
El Presidente: Octavio Beras.—Los Secretarios:—S. Otero Nolasco, C. A. Nouel.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara del Senado, á los 22 días del mes de Junio, de 1909; año 66 de la Independencia y 46 de la Restauración.
El Presidente del Senado: F. L. Vásquez.—Los Secretarios: J. Grullón, Ramón O. Lovatón.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, á los 24
días del mes de Junio de 1909; año 66 de la Independencia y 46 de la Restauración.
El Presidente de la República,
R. CACERES.
Refrendada: El Secretario de E. de lo Interior y Policía:—Miguel A. Román hijo.
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