Texto de la norma
JACINTO B. PEYNADO,
Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 28.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarentinueve de la Constitución del Estado;
VISTA la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, ha elevado el señor José Campagna, mayor de edad, natural de Italia, empleado público, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos anexos a la instancia;
VISTO el inciso b) del artículo primero de la ley número 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y
CONSIDERANDO que el señor José Campagna justifica una residencia en el país no interrumpida de más de diez años;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización,
RESUELVO:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor José Campagna, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador de la Provincia de Santiago, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se levantará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADA en Ciudad Trujillo, capital de la República Domi-
nicana, a los diez días del mes de setiembre del año mil nove-
cientos treintiocho.
JACINTO B. PEYNADO.
Comisión para presentar al Poder Ejecutivo un proyecto de ley destinado a la Organización del Servicio Civil.— G. O. No. 5221, del 17 de Septiembre de 1938.
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