Texto de la norma
del año mil novecientos cuarenta, año 96º de la Independencia y 77º de la Restauración.
El Presidente,
A. Peilerano Sardá.
Los Secretarios:
Luis Sánchez A.
A. Hoepelman.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Vicepresidente de la República.
EN FUNCIONES DEL PODER EJECUTIVO.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treintisiete de la Constitución del Estado,
PROMULGO la presente resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Felicitation al Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina por la conclusión del contrato de inmigración.— G. O. Nº 5420,
del 28 de Febrero de 1940.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA.
NUMERO 222.
CONSIDERANDO que el Contrato suscrito en fecha 30 de enero del año en curso por el Gobierno Dominicano y la "ASOCIACION PARA EL ESTABLECIMIENTO DE COLONOS EN LA REPUBLICA DOMINICANA", y por el cual se establecerán en el país hasta cien mil inmigrantes extranjeros, constituye el medio más eficaz para lograr el intensivo aumento de la población y la riqueza nacionales, a la vez que ofrece amparo a numerosas familias que no pueden realizar en otras tierras los fines de su vida;
CONSIDERANDO que tan trascendental convenio ha sido realizado gracias al elevado patriotismo y la generosidad sin límites del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria, quien ha dado una muestra más de su amplia concepción de un futuro más esplendoroso para la República y de su gran amor a la humanidad, y
CONSIDERANDO que la Cámara de Diputados, como representación del pueblo dominicano, está en el deber de ponderar la importancia de este instrumento y de manifestar su satisfacción y su orgullo más legítimo por esta reafirmación de la grandeza de espíritu del Benefactor de la Patria,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO:— Expresar al Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria, las calurosas felicitaciones de esta Cámara de Diputados, su contento y su orgullo, por la firma del contrato que traerá a la República el aporte de una inmigración sana y laboriosa, y por haber sido gracias a él que un importante núcleo de población humana podrá realizar aquí los fines de su vida.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta, año 96º de la Independencia y 77º de la Restauración.
El Presidente,
A. Pellerano Sardá.
Los Secretarios:
Luis Sánchez A.
A. Hoepelman.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Vicepresidente de la República.
EN FUNCIONES DEL PODER EJECUTIVO.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treintisiete de la Constitución del Estado,
PROMULGO la presente resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.