Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACITOR DE LA PATRIA.
NUMERO 2100.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarenta y nueve de la Constitución del Estado;
VISTA la instancia que por mediación de la Secretaría de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina, ha elevado el señor Augusto Taylor Ledy, natural de Vieques, Puerto Rico, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos que acompañan a dicha instancia;
VISTO el artículo primero, inciso (b), de la ley de naturalización vigente;
CONSIDERANDO que el impetrante justifica que ha residido en el país durante más de diez años y ha observado buena conducta;
CONSIDERANDO que han sido cumplidas todas las formalidades exigidas por la ley,
RESUELVO:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Augusto Taylor Ledy, cuyas generales constan más arriba, y cuyo retrato va adherido al original y las copias de la presente resolución.
Art. 2.— Esta resolución será registrada en las Secreta-
rías de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina y de Relaciones Exteriores, y publicada en la Gaceta Oficial; y una copia certificada por el Oficial Mayor de la Secretaría de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina, será enviada al Gobernador de la Provincia de San Pedro de Macorís, donde reside el interesado, para los fines previstos en los artículos sexto y séptimo de la ley.
DADA en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de diciembre del año mil novecientos treinta y siete.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Indulto de varios presos.— G. O. No. 5109, del 25 de Diciembre de 1937.
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