Texto
Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
vecientos cuarenta y dos; año 99º de la Independencia, 79º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
M. García Mella,
Federico Fiallo.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 25 días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y dos, año 99º de la Independencia, 79º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución que aprueba un Contrato de donación suscrito entre el Estado y el Distrito de Santo Domingo.—G. O. Nº 5756, del 30 de Mayo de 1942.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 3.
VISTO el Inciso 21 del Artículo 33 de la Constitución Política del Estado;
VISTO el Contrato de donación de terreno suscrito entre el Estado y el Distrito de Santo Domingo.
DECLARADA LA URGENCIA,
R E S U E L V E :
UNICO:—Aprobar, como por la presente Resolución aprueba, el Contrato suscrito entre el Estado y el Distrito de Santo Domingo en virtud del cual el primero hace donación al segundo de los terrenos, donde se está erigiendo el nuevo Cementerio de Ciudad Trujillo, de una extensión superficial de vein-
ticuatro hectáreas, sesentinuéve áreas y sesenta centiáreas, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
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