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Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la República Dominicana.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 21 días del mes de febrero del año mil novecientos cuarentidós, año 98º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Resolución autorizando al Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo a vender un solar al Sr. J. M. Bonetti Burgos.— G. O. Nº 6719, del 7 de Marzo de 1942.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA.
NUMERO 698.
CONSIDERANDO que el Honorable Presidente de la República le ha trasmitido por medio de oficio número 2256, de fecha 2 de marzo de 1942, la instancia que le dirijiera el Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, encaminada a obtener la autorización necesaria para vender el solar Núm. 1 reformado de la Manzana Núm. 716 del Distrito Catastral Núm. 1 del Distrito de Santo Domingo, y sus mejoras, al señor José María Bonetti Burgos, por la suma de tres mil pesos;
CONSIDERANDO que el solar de que se trata tiene una superficie de cinco mil metros cuadrados y es ya innecesario para el objeto a que estaba destinado, proponiéndose el Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo levantar el
Hospedaje que en el solar se encontraba, en un sitio más aproposito, en una forma más adecuada y más al alcance de los habitantes de la ciudad, utilizando para ello la suma que resultará de la venta;
VISTO el Inciso 2º del Artículo 22 de la Constitución de la República,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Autorizar, como por la presente Resolución autoriza, al Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo a vender el Solar Núm. 1 reformado de la Manzana Núm. 716 del Distrito Catastral Núm. 1 del Distrito de Santo Domingo, y sus mejoras, al señor José María Ronetti Burgos, por la suma de tres mil pesos ($ 3.000.00).
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta y dos; año 99º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
Modesto E. Diaz,
Vicepresidente en funciones.
Los Secretarios:
J. Antonio Hungría.
A. Hoepelman.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la República Dominicana.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 5 días del mes de marzo del año mil novecientos cuarentidós, año 99º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
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