viernes, 16 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 96

APROBACION DE UNA ORDENANZA DEL AYUNTAMIENTO DE PUERTO PLATA QUE ESTABLECE ARBITRIO PARA ESPECTACULOS PUBLICOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 dic de 1938fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 5251Gaceta Oficial del 1 ene de 1938
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 96. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarentinueve de la Constitución del Estado; VISTA la ley número 1416, de fecha 13 de noviembre de 1937, que establece un impuesto sobre espectáculos públicos y que autoriza a los ayuntamientos a fijar el tipo de éste "para los bailes, velaciones y otros espectáculos de fines especulativos cuyos ingresos se recauden en forma de contribuciones, donativos o de cualquier otro modo"; VISTA la resolución dictada por el ayuntamiento de Puerto Plata en fecha veintidós de noviembre del año en curso, que fija para el cobro del impuesto de espectáculos públicos la siguiente tarifa: Por cada baile o fiesta que se celebre de día con fines de especulación en cualquier casa, sitio o establecimiento, sea cual fuere la música que se utilice, incluyendo la proporcionada por radios y victrolas $ 0.75 Por igual concepto, y del mismo modo, cuando sea de noche. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 1.00 Por otros espectáculos con fines especulativos que no sean los previstos por el artículo 1º de la citada ley 1416. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.50 Por cada velación, urbana o rural, con fines especulativos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0.50; CONSIDERANDO que, de conformidad con el artículo 3 de la citada ley número 1416, las resoluciones por las cuales los ayuntamientos fijen los tipos del impuesto de espectáculos públicos requieren la aprobación del Poder Ejecutivo, He dictado la siguiente RESOLUCION: UNICO:— Queda aprobada la resolución del ayuntamiento de Puerto Plata arriba mencionada. DADA en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de diciembre del año mil novecientos treintiocho. JACINTO B. PEYNADO. Conmemoración del centenario del nacimiento de Manuel Rodríguez Objío.— G. O. No. 5252, del 10 de Diciembre de 1938.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona