Texto de la norma
Núm. 4979.—RESOLUCION de la C. de D. que aprueba un contrato de empréstito celebrado entre el Ayuntamiento de Santo Domingo y S. Michelena.—G. O. Núm. 2179 del 1º de Abril 1911.
LA CAMARA DE DIPUTADOS.
Visto el contrato de empréstito celebrado en fecha 9 de marzo del corriente año entre el Honorable Ayuntamiento de Santiago y el señor Santiago Michelena, que dice así:
Entre el Ayuntamiento de Santiago representado por los señores José Mª Benèdicto y Luís Morel, Presidente y Síndico respectivamente, de una parte, y el señor Santiago Michelena, de la otra, se ha convenido y pactado lo siguiente: 1º El señor Santiago Michelena se compromete á prestar al Ayuntamiento de Santiago la suma de diez mil pesos ($10.000) oro americano en las condiciones que más abajo se expresan. 2º El señor Santiago Michelena entregará los diez mil pesos ($10.000) en la forma siguiente: cinco mil pesos ($5.000) el 30 de marzo actual y cinco mil pesos ($5.000) el 30 de abril de este año. 3º El Ayuntamiento se compromete á pagar por esta suma el interés de uno por ciento (1%) mensual sobre la cantidad adeudada y consignar en los presupuestos correspondientes á los años 1912 y 1913, para amortizar en cada año cinco mil pesos ($5.000) los que se cubrirán proporcionalmente por mensualidades junto con los intereses. El pago de capital é intereses será efectuado en esta ciudad ó en la de Santo Domingo, á opción del Sr. Michelena. 4º Los intereses en el corriente año serán pagados
mensualmente. 5º En el caso de que el Ayuntamiento no pueda cumplir las estipulaciones de este contrato se obliga á traspasar al Sr. Santiago Michelena todas las liquidaciones del recargo Municipal de Importaciones, para que él las cobre, retenga la suma que le corresponde y devuelva al Ayuntamiento el sobrante si lo hubiere, hasta completar el saldo. 6º El presente contrato será válido después de su aprobación por la Cámara de Representantes.
Hecho de buena fé por duplicado en la ciudad de Santiago de los Caballeros, á los nueve días del mes de marzo de mil novecientos once. El Presidente del Ayuntamiento (fdo.) José Mª Benedicto. El Síndico Procurador (fdo.) Luis Morel. (fdo.) Santiago Michelena. Vista la atribución 2ª del artículo 24 de la Constitución del Estado;
RESUELVE:
Art. único: Aprobar en todas sus partes el transcrito contrato.
Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Diputados, á los 20 días del mes de Marzo de 1911; año 68 de la Independencia y 48 de la Restauración.
El Presidente: A. Acevedo.—Los Secretarios: I. A. Cernuda.—T. Castellanos.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, á los 24 días del mes de Marzo de 1911; año 68 de la Independencia y 48 de la Restauración.
El Presidente de la República,
R. CACERES.
Refrendada: El Secretario de Estado de lo Interior y Policía, Miguel A. Román hijo.
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