Núm. 4959.—RESOLUCION del C. N. que aprueba el estado de recaudación e inversión de las rentas públicas.—G. O. Núm. 2113 del 13 de Agosto 1910.
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República.
Visto el mensaje presentado por el Poder Ejecutivo en fecha 27 de febrero del año corriente.
Visto el informe de la Cámara de Cuentas.
Visto el inciso 2º del artículo 35 de la Constitución del Estado.
RESUELVE:
Art. Unico: Aprobar el estado de recaudación e inversión de las rentas, presentado por el Poder Ejecutivo que comprende el ejercicio del 1º de enero al 31 de diciembre de 1909.
§ Envíse al Poder Ejecutivo para los fines de Ley.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Diputados á los 7 días del mes de julio de 1910, año 67 de la Independencia y 47 de la Restauración.
El Presidente: A. Acevedo.—Los Secretarios.—C. A. Nouel. F. A. Lizardo.
Dada en la sala de sesiones del Senado de la República, á los 8 días del mes de julio de 1910, año 67 de la Independencia y 47 de la Restauración.
El Presidente: Leovigildo Cuello.—Los Secretarios· José R. López.—Ramón M. Pérez.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dada en Santo Domingo, capital de la República, á los 8 días del mes de Julio de 1910; año 67 de la Independencia y 47 de la Restauración.
El Presidente de la República: R. CACERES.
Refrendado: El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio:—Federico Velázquez H.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona